Ley núm. 16406, publicada el 03 de Enero de 1966. APRUEBA EL CALCULO DE ENTRADAS Y LA ESTIMACION DE LOS GASTOS DEL PRESUPUESTO CORRIENTE DE LA NACION EN MONEDA NACIONAL Y EN MONEDAS EXTRANJERAS REDUCIDAS A DOLARES PARA EN AÑO 1966 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497254402

Ley núm. 16406, publicada el 03 de Enero de 1966. APRUEBA EL CALCULO DE ENTRADAS Y LA ESTIMACION DE LOS GASTOS DEL PRESUPUESTO CORRIENTE DE LA NACION EN MONEDA NACIONAL Y EN MONEDAS EXTRANJERAS REDUCIDAS A DOLARES PARA EN AÑO 1966

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyLey

APRUEBA EL CALCULO DE ENTRADAS Y LA ESTIMACION DE LOS GASTOS DEL PRESUPUESTO CORRIENTE DE LA NACION EN MONEDA NACIONAL Y EN MONEDAS EXTRANJERAS REDUCIDAS A DOLARES PARA EN AñO 1966

Teniendo presente:

Que el Presidente de la República, en uso de sus facultades constitucionales, ha procedido a vetar alunas glosas consultadas en la Ley del Presupuestos para 1966; y

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31° del D.F.L. 47 de 1959, la parte no vetada regirá como Ley de Presupuestos del año legal para el que fue dictada, a partir del 1° de Enero del año respectivo.

Decreto apruebase como Ley de Presupuestos para 1966, la parte no vetada del Proyecto de Ley de Presupuestos para 1966, sometido a la aprobación del Presidente de la República y que le fuera comunicado por oficio N° 529 de 30 de Diciembre de 1965, de la H. Cámara de Diputados.

LEY NUM 16.406

Por cuanto el Congreso Nacional dado su aprobación al siguiente,

Proyecto de ley:

"Artículo 1.o- Apruébase al Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto Corriente de la Nación, en moneda nacional y en monedas extranjeras reducidas a dólares para el año 1966, según el detalle que se indica:

MONEDA NACIONAL

ENTRADAS___________________________E° 3.343.163.000

Ingresos Tributarios_____E° 3.405.407.000

Ingresos no Tributarios__ 256.485.000

-------------------

E° 3.661.892.000

MENOS:

Excedente destinado a

financiar el

Presupuesto de

Capital________________ 318.729.000

GASTOS_____________________________E° 3.203.620.800 DTO 252, HACIENDA

Presidencia de la

República_______________E° 5.352.800

Congreso Nacional________E° 26.685.428

Poder Judicial___________ 21.606.000

Contraloría General de la

República_______________ 13.650.000

Ministerio del Interior__ 252.032.000

Ministerio de Relaciones

Exteriores______________ 8.874.000

Ministerio de Economía,

Fomento y Reconstrucción 202.913.000

Ministerio de Hacienda___ 1.058.747.572

Ministerio de Educación

Pública_________________ 581.893.000

Ministerio de Justicia___ 54.846.000

Ministerio de Defensa

Nacional________________ 366.910.000

Ministerio de Obras

Públicas________________ 90.057.000

Ministerio de Agricultura 91.783.000

Ministerio de Tierras y

Colonización____________ 6.634.000

Ministerio del Trabajo y

Previsión Social________ 22.641.000

Ministerio de Salud

Pública_________________ 357.738.000

Ministerio de Minería____ 12.719.000

Ministerio de la Vivienda

y Urbanismo_____________ 28.539.000

-----------------

MONEDAS EXTRANJERAS REDUCIDAS A DOLARES

ENTRADAS___________________________US$ 41.310.000

Ingresos Tributarios_____US$ 40.310.000

Ingresos no Tributarios__ 1.000.000

---------------

GASTOS_____________________________US$ 62.000.000

Presidencia de la

República_______________US$ 118.000

Congreso Nacional________ 130.000

Ministerio del Interior__ 2.320.000

Ministerio de Relaciones

Exteriores______________ 9.910.520

Ministerio de Economía,

Fomento y Reconstrucción 17.821.500

Ministerio de Hacienda___ 12.700.180

Ministerio de Educación

Pública_________________ 1.535.200

Ministerio de Defensa

Nacional________________ 14.179.000

Ministerio de Obras

Públicas________________ 30.000

Ministerio de Agricultura 56.600

Ministerio del Trabajo y

Previsión Social________ 24.000

Ministerio de Salud______ 3.150.000

Ministerio de Minería____ 20.000

Ministerio de la Vivienda

y Urbanismo______________ 5.000

----------------

Artículo 2

o- Apruébase el Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto de Capital de la Nación, en moneda nacional y extranjera reducida a dólares para el año 1966, según el detalle que se indica:

MONEDA NACIONAL

ENTRADAS___________________________E° 831.541.000

Ingresos de Capital______E° 831.541.000

-------------

GASTOS_____________________________E° 1.582.935.000

Ministerio del Interior__E° 8.630.000

Ministerio de Relaciones

Exteriores______________ 20.000

Ministerio de Economía,

Fomento y Reconstrucción 331.500.000

Ministerio de Hacienda___ 121.327.000

Ministerio de Educación

Pública_________________ 114.780.000

Ministerio de Justicia___ 5.380.000

Ministerio de Defensa

Nacional________________ 20.622.000

Ministerio de Obras

Públicas________________ 438.100.000

Ministerio de Agricultura 127.706.000

Ministerio de Tierras____ 2.000.000

Ministerio del Trabajo y

Previsión Social________ 1.070.000

Ministerio de Salud______ 50.800.000

Ministerio de Minería____ 54.806.000

Ministerio de la Vivienda

y Urbanismo_____________ 306.194.000

-----------------

MONEDA EXTRANJERA REDUCIDA A DOLARES

ENTRADAS___________________________US$ 315.200.000

Ingresos de Capital______US$ 315.200.000

---------------

GASTOS_____________________________US$ 87.710.000

Ministerio del Interior__US$ 660.000

Ministerio de Relaciones

Exteriores______________ 310.000

Ministerio de Economía,

Fomento y Reconstrucción 40.092.000

Ministerio de Hacienda___ 25.818.000

Ministerio de Educación

Pública_________________ 2.250.000

Ministerio de Defensa

Nacional________________ 9.225.000

Ministerio de Obras

Públicas________________US$ 4.560.000

Ministerio de Agricultura 200.000

Ministerio de Tierras____ 15.000

Ministerio de Salud

Pública_________________ 590.000

Ministerio de Minería____ 3.240.000

Ministerio de la Vivienda

y Urbanismo_____________ 750.000

-----------------

Artículo 3

o- Se declara que, con cargo a los ítem presupuestarios respectivos, los servicios públicos podrán contratar profesionales técnicos o expertos a honorarios para realizar labores habituales o propias de la Institución. No obstante, a los funcionarios fiscales de Instituciones descentralizadas o municipales sólo se les podrá contratar a honorarios mediante decreto supremo fundado.

La Contraloría General de la República, dentro de los tres días siguientes a que dé curso a un decreto que contrate personal, sea asimilado a categorías o grados y/o a honorarios, deberá enviar copia del correspondiente decreto a la Cámara de Diputados.

Artículo 4

o- Sólo se podrá contratar personal con cargo al ítem de "Jornales" para servicios en que prevalezca el trabajo físico. Los Jefes que contravengan esta disposición, responderán del gasto indebido y la Contraloría General de la República hará efectiva administrativamente, su responsabilidad, sin perjuicio de que en caso de reincidencia, a petición del Contralor, se proceda a la separación del Jefe infractor. Asimismo, queda prohibido contratar empleados afectos a la ley N° 10.383 sobre Servicio de Seguro Social que no efectúen labores específicas de obreros.

Artículo 5

o- Fíjanse para el año 1966 los siguientes porcentajes de gratificación de zona de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86 del DFL. N° 338, de 1960, el artículo 5° de la ley N° 11.852 y a las leyes N°os. 14.812 y 14.999, para el personal radicado en los siguientes lugares:

PROVINCIA DE TARAPACA______________________________ 40%

El personal que preste sus servicios en los Retenes "La Palma", "San José" y "Negreiros", en Villa Industrial, Poconchile, Puquíos, Central, Codpa, Chislluma, General Lagos, Avanzada de Aduanas de Chaca, Camarones, Pisagua, Zapiga, Aguada, Tarapacá, Huara, Caleta de Huanillos, Pintados, Matilla, Pica, Iris, Victoria (ex Brac), Alianza, Buenaventura, Posta Rosario, Subdelegación de Pozo Almonte y

"Campamento Militar Baquedano", tendrá el______ 60%

El personal que preste sus servicios en Visvirí

y Cuya, tendrá el________________________________ 80%

El personal que preste sus servicios en

Parinacota, Chucuyo, Chungará, Belén, Cosapilla, Caquena, Chilcaya, Huayatiri, Distrito de Isluga, Chiapa, Chuzmiza, Cancosa, Mamiña, Huatacondo, Laguna de Huasco, Retén Camiña, Quistagama, Distrito de Camiña, Nama-Camiña, Manque-Colchane, Tignamar, Socoroma, Chapiquiña, Enquelga, Distrito de Cariquima, Sotoca, Jaiña, Chapiquilta, Miñi-Miñe, Parca y Macaya, Portezuelo de Chapiquiña, Retén Caritaya, Putre, Alzérreca, Poroma, Sibaya, Laonzana, Pachica, Coscaya, Mocha, Tarapacá-Pueblo, Esquiña, Illalla, Huaviña, Huarasiña, Suca y

localidad de Aguas Calientes, tendrá el__________100%

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