Decreto núm. 20, publicado el 23 de Marzo de 1993. ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE ESTACIONAMIENTO DE CAMIONES, BUSES Y SIMILARES, HORARIO DE CARGA Y DESCARGA - MUNICIPALIDAD DE SAN FELIPE - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471004094

Decreto núm. 20, publicado el 23 de Marzo de 1993. ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE ESTACIONAMIENTO DE CAMIONES, BUSES Y SIMILARES, HORARIO DE CARGA Y DESCARGA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN FELIPE
Rango de LeyDecreto

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE ESTACIONAMIENTO DE CAMIONES, BUSES Y SIMILARES, HORARIO DE CARGA Y DESCARGA Núm. 20.- San Felipe, 9 de marzo de 1993.- Vistos: Estos antecedentes, en uso de las facultades y atribuciones que me confieren los artículos N°s. 10°, 17° y 49° del Texto Refundido de la Ley N° 18.695, modificado por la Ley N° 19.130, Orgánica Constitucional de Municipalidades, lo previsto en el Decreto N° 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales, el acuerdo adoptado por el Ilustre Concejo Municipal de San Felipe en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Enero de 1993, y lo dispuesto en el Decreto Alcaldicio N° 1.360.- de fecha 26 de Septiembre de 1992;

Decreto

Artículo 1°

Prohíbase el estacionamiento de camiones, ramplas, microbuses y demás vehículos de carga y pasajeros en las calles, avenidas y lugares de uso público, comprendido dentro del perímetro de las Avenidas Maipú, Libertador Bernardo O'Higgins, Yungay y Chacabuco, pasajes de poblaciones y perímetros de plazuelas.

Artículo 2°

Facúltese para efectuar faenas de carga y descarga de mercaderías a los vehículos destinados para estos efectos dentro del siguiente horario:

Entre las 15:00 y 17:00 horas.

Entre las 20:00 y 11:00 horas del día siguiente.

Solamente en este horario podrán los vehículos de carga ingresar al Sector Céntrico, comprendido entre las cuatro alamedas, pasajes de poblaciones y perímetros de plazuelas, indicadas en el artículo 1°.

Artículo 3°

Las infracciones a la presente Ordenanza, serán denunciadas por el personal de Carabineros e Inspectores Municipales al Juzgado de Policía Local.

Las infracciones serán sancionadas por dicho Tribunal con multas de:

Por efectuar carga y descarga en horario no autorizado.

Por ingreso en Zona de prohibición

1/2 a 1 U.T.M. en horario no autorizado.

Por estacionar a cualquier hora dentro de los perímetros de las cuatro alamedas, pasajes de poblaciones y perímetros de...

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