Resolución núm. 2153 EXENTA, publicada el 25 de Noviembre de 2011. ESTABLECE ÁREA BAJO CUARENTENA PARA CONTROL DE SIREX NOCTILIO - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469530326

Resolución núm. 2153 EXENTA, publicada el 25 de Noviembre de 2011. ESTABLECE ÁREA BAJO CUARENTENA PARA CONTROL DE SIREX NOCTILIO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE ÁREA BAJO CUARENTENA PARA CONTROL DE SIREX NOCTILIO

Talca, 14 de noviembre de 2011.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 2.153 exenta.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones posteriores; el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución Nº 2.758 del 27.05.2009 del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que declara el Control Obligatorio de la avispa de la madera del pino Sirex noctilio Fabricius, modificada por la resolución exenta Nº 8.060 del 27.12.2010 del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero y resolución Nº 97, del 21 de enero de 2011, del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero y lo señalado en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, como resultado de las actividades de vigilancia fitosanitaria realizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero, se ha detectado la presencia de árboles de Pinus radiata infestados en el área libre a la presencia de Sirex noctilio, en la comuna de San Fabián de la Región del Biobío.

  2. Que, de acuerdo a las evaluaciones de la situación actual de Sirex noctilio, se hace necesario implementar las medidas fitosanitarias establecidas en la resolución señalada en los vistos.

Resuelvo:

  1. Establécese como área bajo cuarentena, para el control de la plaga Sirex noctilio un radio de 20 km. respecto del lugar de detección de la plaga que se indica:

    .

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  2. Aplíquense en forma inmediata las regulaciones cuarentenarias y medidas fitosanitarias establecidas en la resolución Nº 2.758 de 27.05.2009, modificada por resolución Nº 8.060 de 27.12.2010, ambas del Director Nacional del SAG, en el área definida en la presente resolución y por los respectivos propietarios, arrendatarios o tenedores de los predios afectados, desde el momento de su notificación.

    2.1 Inmovilización del material vegetal hospedero de Sirex noctilio, de los géneros botánicos Pinus, Abies, Picea y Larix.

    2.2 Corta de árboles infestados por Sirex noctilio o sospechosos de estarlo, y su eliminación mediante incineración, picado o enterramiento, o inoculación y/o liberación de agentes de control biológico, si de acuerdo a las condiciones técnicas del lugar el Servicio así lo dispone.

    2.3 Aplicación de insecticida a árboles infestados o sospechosos de estarlo, a través de medios de pulverización aéreos o terrestres o fumigación.

    2.4 Aplicación de tratamiento...

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