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Decreto 78 - ESTABLECE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS

EmisorSECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 3 de Junio de 2010

ESTABLECE PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS

Núm. 78.- Santiago, 20 de julio de 2009.- Vistos: Lo establecido en la Constitución Política de la República en sus artículos 19 N° 8 y 32 N° 6, lo dispuesto en la ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el DFL. Nº 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; en el DFL. Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario; en el DS. N° 94, de 1995, Reglamento que Fija el Procedimiento y Etapas para Establecer Planes de Prevención y de Descontaminación; en el DS. Nº 35, de 2005, que declaró zona saturada por material particulado respirable MP10, como concentración de 24 horas, al área correspondiente a las comunas de Temuco y Padre Las Casas; en el DS. Nº 59, de 1998, que establece la Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia; todos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Resolución Exenta Nº 1194, de fecha 28 de julio del año 2005, que dio inicio al Proceso de Elaboración del Plan de Descontaminación Atmosférica de Temuco y Padre Las Casas, o PDA, publicada en el Diario Oficial de 12 de agosto de 2005 y en el diario La Tercera y El Austral del día 14 de agosto de 2005; el análisis general de impacto económico y social del Plan, la Resolución Exenta N° 1190, de fecha 23 de mayo de 2007, de la Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el día 1º de junio de 2007, que aprobó el anteproyecto respectivo; la opinión del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente de fecha 22 de enero de 2009; el acuerdo Nº 402, de 26 de marzo de 2009, del Consejo Directivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, y los demás antecedentes, estudios e informes contenidos en el expediente del procedimiento para la elaboración del PDA; lo dispuesto en la Resolución Nº 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. - Que por D.S. Nº35 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se declaró zona saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración de 24 horas, al área correspondiente a las comunas de Temuco y Padre Las Casas.

  2. - Que, declarada zona saturada el área indicada y de conformidad con el procedimiento y etapas señalado en el artículo 44 de la ley 19.300 y en el decreto supremo Nº 94 de 1995 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se elaboró el Plan de Descontaminación Atmosférica de Temuco y Padre Las Casas, de lo que da cuenta el expediente público llevado para tales efectos.

  3. - Que el Plan de Descontaminación es el instrumento de gestión ambiental que tiene por finalidad recuperar los niveles de calidad ambiental señalados en las normas primarias y/o secundarias de calidad ambiental de una zona saturada.

  4. - Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la ley 19.300, corresponde que mediante decreto supremo del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que llevará además la firma de los ministros sectoriales que correspondan, se establezca el Plan de Descontaminación Atmosférica de Temuco y Padre Las Casas,

Decreto:

CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES GENERALES Artículos 1 a 3
Artículo 1

El presente Plan de Descontaminación Atmosférica, regirá en las comunas de Temuco y Padre Las Casas y tiene por objetivo lograr que, en un plazo de 10 años, en la zona saturada que abarca dichas comunas, se dé cumplimiento a la norma primaria de calidad ambiental para material particulado respirable MP10, contenida en el DS. N° 59, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en adelante DS. Nº 59/98.

Artículo 2

Los antecedentes que fundamentan el presente Plan de Descontaminación se indican a continuación:

  1. Antecedentes, identificación, delimitación y descripción de las comunas de Temuco y Padre Las Casas

    La ciudad de Temuco, capital de la región de La Araucanía, se ubica a 674 Km al sur de Santiago, a riberas del río Cautín y en la depresión intermedia de la región a 38º46' Latitud Sur y 72º38' Longitud Oeste, incluyendo las comunas de Temuco y Padre Las Casas que ocupan una superficie de 875,7 Km2, lo que corresponde al 2,7% del territorio regional. El relieve de la zona, está constituido al Norponiente por el cerro Ñielol, con una altura de 340 msnm, y por el Sur-Este el cerro Conun Huenu, que alcanza una altura de 350 msnm.

    La comuna de Temuco limita al norte con las comunas de Lautaro y Galvarino, al sur-este con Padre Las Casas - separadas ambas comunas por el río Cautín-, al este con Lautaro y Vilcún, y al oeste con Nueva Imperial. Por otra parte, la comuna de Padre Las Casas limita al sur con la comuna de Freire, al este con la de Vilcún y al oeste con la de Nueva Imperial.

    La principal actividad económica de la región es silvoagropecuaria, donde se destacan los cultivos tradicionales, la ganadería y la producción forestal. En este marco, la ciudad de Temuco se ha transformado en el centro de la mayoría de las actividades comerciales de la región, debido a la ubicación estratégica donde se emplaza la ciudad: prácticamente en el centro de la región y al costado de la principal vía de transporte. Del mismo modo, su condición de capital regional hace que se reúnan todos los estamentos político-administrativos del Estado, las principales instituciones financieras del país y se encuentren la mayor cantidad de proveedores de diversos productos y servicios, como educación y salud.

    Con relación a sus características demográficas, como se observa en la tabla Nº 1 la comuna de Temuco posee la mayor parte de su población concentrada en el área urbana alcanzando un 94,8% del total. Por otra parte, la comuna de Padre Las Casas presenta una distribución más uniforme de su población, con un 57,3 % de población urbana.

    Tabla Nº1. Población urbana y rural de las comunas de Temuco y Padre Las Casas

    Según el último Censo poblacional (INE, 2002), ambas comunas presentan un gran incremento demográfico ínter censal, del orden de un 25% aproximadamente, crecimiento que se explica fundamentalmente por el alto grado de atracción que ejerce la ciudad de Temuco. Producto de este aumento poblacional, se tiene el desarrollo de nuevas áreas urbanas y la consiguiente necesidad de consumir recursos energéticos con la finalidad de calefacción residencial, que en el caso puntual de Temuco y Padre Las Casas, es preferentemente el combustible leña.

    Respecto a las características climáticas, la ciudad de Temuco se caracteriza por un tipo de clima templado lluvioso con influencia mediterránea, presentando temperaturas promedio cercanas a los 12ºC y precipitaciones de más de 1.000 mm al año. Durante el invierno, sucesivas perturbaciones frontales dejan caer gran parte de las precipitaciones registradas en esta zona. En los meses de verano se registran precipitaciones superiores a los 50 mm, por lo que no se puede hablar de estaciones secas.

    Durante el año se presentan marcadas diferencias de temperatura mostrando una oscilación anual de unos 9°C entre Enero y Julio, para los valores medios. Por otra parte, las extremas absolutas pueden variar entre los -5°C (junio) y 37°C (febrero). Precisamente, son las temperaturas extremas de los meses invernales las que hacen particularmente intensivo el uso de calefacción residencial en la ciudad.

    La humedad relativa del aire también presenta una marcada variación anual. En términos de valores medios mensuales, todos los meses del año presentan una alta humedad (mayor al 50%). Sin embargo, los registros de humedad relativa mínimas medias mensuales alcanzan valores tan bajos como 35%, con valores absolutos del 15%. La frecuencia media del viento para cada estación del año indica que en la primavera y el verano (octubre a marzo) son dominantes los vientos de dirección SW y W, en cambio en los meses de otoño e invierno (abril a septiembre) los vientos dominantes pasan a ser los de dirección N y NE.

  2. Antecedentes sobre la Declaración de Zona Saturada

    A través del DS. Nº 35/2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se declara zona saturada por material particulado respirable (MP10) promedio diario, la correspondiente a las comunas de Temuco y Padre Las Casas, cuyos límites geográficos fueron fijados por el artículo 9º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 3-18.175, publicado en el Diario Oficial del 5 de diciembre de 1989; y el artículo único de la ley Nº 19.391, publicado en el Diario Oficial del 2 de junio de 1995, respectivamente.

    La declaración como zona saturada se fundamenta en los registros obtenidos mediante el monitoreo oficial de MP10 (acorde a lo establecido en el DS. Nº 59/98) desde el año 2000 en adelante, en los que se constató superación de la norma primaria de MP10 en los años 2001, 2003 y...

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