Resolución núm. 1060 EXENTA, publicada el 21 de Septiembre de 2011. DA INICIO AL OCTAVO PROCESO DE CLASIFICACIÓN DE ESPECIES E INDICA LISTADO DE ESPECIES A CLASIFICAR
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE |
Rango de Ley | Resolución |
DA INICIO AL OCTAVO PROCESO DE CLASIFICACIÓN DE ESPECIES E INDICA LISTADO DE ESPECIES A CLASIFICAR
Núm. 1.060 exenta.- Santiago, 5 de septiembre de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 37, 70 letras a) e i) y 71 letra f), de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley Nº 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; el decreto supremo Nº 75, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres; el memorándum conductor Nº 10.710/2011, de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad, del Ministerio del Medio Ambiente; lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y
Considerando:
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Que con fecha 15 de diciembre de 2010 se invitó, mediante publicación en el diario La Nación y en la página electrónica del Ministerio del Medio Ambiente, a toda persona interesada, natural o jurídica, a presentar sugerencias de clasificación de especies, de acuerdo a lo que señala el artículo 18 del Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres, en adelante el Reglamento, como período de información previo al inicio del procedimiento de clasificación de especies.
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Que, conforme al artículo antes citado del Reglamento, mediante Ord. M.M.A. Nº 0933, de 30 de diciembre de 2010, del Ministerio del Medio Ambiente, se solicitó información relativa a las especies susceptibles de ser clasificadas a los organismos competentes de la Administración del Estado.
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Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento, con fecha 7 de julio de 2011, se sometió a consideración del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad una lista priorizada de las especies a clasificar durante el octavo proceso de clasificación de especies.
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Que mediante acuerdo Nº 8/2001, de 7 de julio de 2011, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, se acuerda dar inicio al Octavo Proceso de Clasificación de Especies Silvestres, acuerdo que contiene el listado de las especies a clasificar, conforme lo establece el artículo 19 del Reglamento.
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Que mediante memorándum Nº 195/2011, de 22 de agosto de 2011, del Jefe de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad, del Ministerio del Medio Ambiente, se solicitó dictar la resolución de inicio del octavo proceso de clasificación de...
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