Resolución núm. 2403 EXENTA, publicada el 08 de Noviembre de 2013. DECLARA ERRADICADA LA INFESTACIÓN POR MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA Y SUSPENDE REGULACIONES CUARENTENARIAS - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 474588774

Resolución núm. 2403 EXENTA, publicada el 08 de Noviembre de 2013. DECLARA ERRADICADA LA INFESTACIÓN POR MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA Y SUSPENDE REGULACIONES CUARENTENARIAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

DECLARA ERRADICADA LA INFESTACIÓN POR MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA Y SUSPENDE REGULACIONES CUARENTENARIAS

Núm. 2.403 exenta.- Quillota, 28 de octubre de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; la Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley Nº 19.283 y sus modificaciones posteriores; Ley 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado; resolución 1.600 de 2008 de Contraloría General de la República; resolución Nº 3.513 de 1995, que declara a Chile como país libre de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), modificada por la resolución Nº 1.095 de 2000, ambas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; resolución exenta Nº 1.052 de fecha 18 de marzo de 2013, de la Dirección Regional de Valparaíso, del Servicio Agrícola y Ganadero, que estableció las regulaciones cuarentenarias y el área regulada que incorporó parcialmente las comunas de Los Andes, San Esteban y Calle Larga; las facultades que invisto como Director Regional en virtud de resolución afecta Nº 31 de fecha 11 de enero de 2011,

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en cumplimiento de lo dispuesto en la resolución exenta Nº 1.052 del 18 de marzo de 2013, de esta Dirección Regional, ha aplicado todas las medidas fitosanitarias correspondientes en el Área Regulada que incorporó parcialmente las comunas de Los Andes, San Esteban y Calle Larga, por un periodo equivalente a tres ciclos biológicos teóricos de la plaga, sin detectar la ocurrencia de nuevas capturas.

  2. Que, de acuerdo al modelo de días grados utilizado por el Servicio Agrícola y Ganadero para estimar los ciclos biológicos teóricos del insecto, el día 27 de octubre de 2013 se ha cumplido el tercer ciclo biológico después de la última captura ocurrida en el área regulada el día 15 de marzo de 2013, periodo requerido para declarar la erradicación de la plaga y suspender regulaciones cuarentenarias en el Área Reglamentada que incorporó parcialmente las comunas de Los Andes, San Esteban y Calle...

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