Decreto 1493 - DISPONE ENVIO DE AYUDA ESPECIFICA A HONDURAS PARA APOYO EN LA ATENCION DE EMERGENCIA DERIVADA DE HECHO QUE INDICA - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241489026

Decreto 1493 - DISPONE ENVIO DE AYUDA ESPECIFICA A HONDURAS PARA APOYO EN LA ATENCION DE EMERGENCIA DERIVADA DE HECHO QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

DISPONE ENVIO DE AYUDA ESPECIFICA A HONDURAS PARA APOYO EN LA ATENCION DE EMERGENCIA DERIVADA DE HECHO QUE INDICA

Núm. 1.493.- Santiago, 1 de diciembre de 2005.- Considerando:

Que, Honduras fue afectada recientemente por el Huracán Gamma, que por su gran cantidad de lluvia tuvo efectos catastróficos en toda la zona norte de ese país.

Que, ese fenómeno de la naturaleza ha provocado inundaciones de gran magnitud en sectores poblados, causado la muerte de una docena de personas, veinte desaparecidos y cincuenta mil damnificados.

Que, el Gobierno de Chile, en su propio nombre y en el de su pueblo, ha resuelto acudir en su auxilio como acto humanitario de solidaridad internacional, enviando artículos considerados indispensables para atenuar las necesidades más apremiantes de la población afectada.

Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en los artículos , letra i) y 7º de la ley Nº 16.282, y en el artículo 10º de la ley Nº 10.336.

Decreto:

Artículo primero

Autorízase la donación a Honduras de las especies que se indican a continuación, las que en nombre del Gobierno y pueblo de Chile se entregarán a las autoridades de ese país para la atención de las personas que resultaron damnificadas y lesionadas por el paso del Huracán Gamma:

Especies Valorización

- 30.000 pañales desechables $ 3.000.000.

- 100 colchonetas $ 600.000.

- 100 frazadas $ 400.000.

- Medicamentos $ 10.154.770.

Total: $ 14.154.770.

Artículo segundo

La ayuda referida provendrá de los stocks de elementos de socorro que mantiene la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior y la Central Abastecimiento Sistema Nacional de Salud del Ministerio de Salud, entidades a las que se faculta para efectuar la donación antes indicada.

La reposición del costo de las especies señaladas en el artículo anterior se realizará en los términos que se señalan a continuación:

  1. El Ministerio de Relaciones Exteriores financiará las especies proporcionadas por la Oficina Nacional de Emergencia, valorizadas en la suma de $4.000.000 (cuatro millones de pesos), IVA incluido.

  2. El Ministerio de Salud financiará el aporte en medicamentos de la Central Abastecimiento Sistema Nacional de Salud, que se detalla en anexo, valorizado en un monto de $10.154.770 (diez millones ciento cincuenta y cuatro mil...

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