Decreto 60 - ESTABLECE NUEVA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL REGLAMENTO QUE REGULA BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA COMO SUPLEMENTO ESPECIAL DEL DIARIO OFICIAL - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 413733526

Decreto 60 - ESTABLECE NUEVA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL REGLAMENTO QUE REGULA BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA COMO SUPLEMENTO ESPECIAL DEL DIARIO OFICIAL

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor31 de Diciembre de 2012

ESTABLECE NUEVA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL REGLAMENTO QUE REGULA BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA COMO SUPLEMENTO ESPECIAL DEL DIARIO OFICIAL

Núm. 60.- Santiago, 29 de noviembre de 2012.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 238 de la ley Nº 18.248 que aprobó el Código de Minería; lo señalado en el artículo 2º transitorio del decreto supremo Nº 1, de 1986, que aprobó el Reglamento del Código de Minería; lo prescrito en el artículo 326 de la Constitución Política; los decretos supremos Nos 6 y 40, ambos de 2005; los decretos supremos Nos 45 y 185, ambos de 2006; los decretos supremos Nos 39 y 246, ambos de 2007; los decretos supremos Nos 121 y 233, ambos de 2008; los decretos supremos Nos 86 y 201, ambos de 2009; el decreto supremo Nº 93 de 2010; el decreto supremo Nº 33, de 2011 y el decreto supremo Nº 29, de 2012, todos ellos del Ministerio de Minería; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en uso de las facultades que me confiere la ley, y

Considerando:

  1. Que, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 238 del Código de Minería, en favor de una mejor aplicación de los principios de publicidad de los actos públicos y de la certeza de los mismos; principios que presiden la constitución de la concesión minera y de los derechos que, como contraparte, puedan hacer valer quienes se sientan afectados por ella, con fecha 24 de enero de 2005, el Ministerio de Minería dictó el decreto supremo Nº 6, que aprobó un Reglamento Especial aplicable a todas las publicaciones que ordena el Código de Minería, estableciendo el Boletín Oficial de Minería como Suplemento Especial del Diario Oficial, acto administrativo tomado de razón por la Contraloría General de la República el día 28 de marzo del año 2005 y publicado en el Diario Oficial el 9 de abril del mismo año.

  2. Que, en su artículo 1º transitorio, el decreto supremo indicado en el considerando anterior, prescribió que dicho Reglamento Especial entraría a regir noventa días después de su publicación en el Diario Oficial, periodo de vacancia que se modificó mediante el decreto supremo Nº 40, de 16 de mayo de 2005, del Ministerio de Minería, el cual estableció que el mismo entraría a regir un año después de dicha publicación, esto es, el 9 de abril de 2006.

  3. Que, por decreto supremo Nº 45, de 17 de marzo de 2006, del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial de 7 de abril de...

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