Decreto núm. 260, publicado el 12 de Junio de 1996. OTORGA A EMPRESA ELECTRICA DE LA FRONTERA S.A. CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA VIII REGION - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471096118

Decreto núm. 260, publicado el 12 de Junio de 1996. OTORGA A EMPRESA ELECTRICA DE LA FRONTERA S.A. CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA VIII REGION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

OTORGA A EMPRESA ELECTRICA DE LA FRONTERA S.A. CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA VIII REGION

Núm. 260.- Santiago, 6 de mayo de 1996.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en los artículos 11° y 28° del D.F.L. N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la ley N° 18.410.

D e c r e t o:

Artículo 1°

Otórgase a la Empresa Eléctrica de la Frontera S.A., concesión definitiva para establecer, operar y explotar en la VIII Región, Provincia de Bío Bío, Comunas de Tucapel y Quilleco, una línea de distribución de energía eléctrica denominada Tucapel-Canteras-Villa Mercedes-Quilleco, según plano P.P. N° C-1331-1 de Frontel.

La obra correspondiente ha sido ejecutada, encontrándose concluidos los trabajos respectivos.

Artículo 2°

El objetivo de esta instalación será hacer servicio público de distribución de energía eléctrica en la zona de concesión que se define más adelante, además de alimentar desde instalaciones de la empresa las redes de distribución de Villa Mercedes y Quilleco.

Artículo 3° El presupuesto del costo de las obras asciende a $47. 800. 000.
Artículo 4°

Copias del plano general de la obra, de la memoria explicativa de la misma y de los demás antecedentes técnicos, que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Artículo 5°

Autorízase la ocupación de caminos, calles y otros bienes nacionales de uso público y el cruce de otras líneas eléctricas que las instalaciones atraviesen en su recorrido.

Artículo 6°

La zona de concesión será la demarcada en los planos del Instituto Geográfico Militar de Chile N°s. 3715-7200 Canteras y 3715-7145 Tucapel, escala 1:50.000, y comprenderá un territorio cuyos deslindes son los que se indican a continuación:

Límite norte: La ordenada 5.869 km., desde su intersección con la abscisa 236 km. (punto A) hasta su intersección con la abscisa 237 km. (punto B), siguiendo hacia el sur por esta abscisa hasta su intersección con la ordenada 5.867 km. (punto C) y continuando por esta ordenada hasta su intersección con la abscisa 238 km.

(punto D).

Límite este: Una línea recta que une el punto D con la intersección de la ordenada 5.863 km. con la abscisa 236 km...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR