Decreto núm. 57, publicado el 07 de Enero de 2005. OTORGA CONCESION ADMINISTRATIVA A LA COOPERATIVA ELECTRICA ISLA MOCHA, PARA LA EXPLOTACION DE GAS NATURAL DE POZOS UBICADOS EN ISLA MOCHA, OCTAVA REGION DEL BIO BIO - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470661926

Decreto núm. 57, publicado el 07 de Enero de 2005. OTORGA CONCESION ADMINISTRATIVA A LA COOPERATIVA ELECTRICA ISLA MOCHA, PARA LA EXPLOTACION DE GAS NATURAL DE POZOS UBICADOS EN ISLA MOCHA, OCTAVA REGION DEL BIO BIO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESION ADMINISTRATIVA A LA COOPERATIVA ELECTRICA ISLA MOCHA, PARA LA EXPLOTACION DE GAS NATURAL DE POZOS UBICADOS EN ISLA MOCHA, OCTAVA REGION DEL BIO BIO

Núm. 57.- Santiago, 6 de agosto de 2004.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 19 Nº 24 de la Constitución Política de la República de Chile; la ley Nº 18.097 Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras; lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 302, de 1960, y sus modificaciones posteriores; y, lo dispuesto en la resolución Nº 520 de la Contraloría General de la República, y sus modificaciones posteriores; y,

Considerando

  1. Que, de acuerdo a la Constitución Política de la República de Chile, el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible sobre los depósitos de hidrocarburos en estado líquido y gaseoso, en cualquier terreno en que se encuentren;

  2. Que, la ley Nº 18.097 - Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras- dispone que los hidrocarburos en estado líquidos y gaseosos, no son susceptible de concesiones mineras;

  3. Que, asimismo, la Constitución Política de la República de Chile dispone en su artículo 19 Nº 24, inciso 10, que la exploración, la explotación y el beneficio de los yacimientos que contengan sustancias no susceptibles de concesión minera, podrán ejecutarse directamente por el Estado o por sus empresas o, por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije, para cada caso, por decreto supremo;

  4. Que, conforme al decreto con fuerza de ley Nº 302 de 1960 del Ministerio de Hacienda, que aprueba disposiciones orgánicas y reglamentarias del Ministerio de Minería, le corresponde al Ministro de Minería ejercer las facultades y atribuciones que en materias mineras consulten las leyes y reglamentos vigentes, o proponer su ejercicio al Presidente de la República, según corresponda;

  5. Que, la Cooperativa Eléctrica Isla Mocha, con fecha 26 de septiembre de 2003 solicita concesión administrativa para la explotación y beneficio de gas natural respecto de los Pozos Mocha Norte Nº3 y Mocha Sur Nº2 ubicados en Isla Mocha;

  6. Que, la solicitud se fundamenta en un proyecto de interés social, como es, la explotación de gas natural para abastecer de energía eléctrica a la comunidad de Isla Mocha;

  7. Que, de acuerdo a lo informado por la Empresa Nacional del Petróleo, mediante oficio ordinario Nº2.684, de fecha 04 de noviembre de 2003, ENAP elaboró un proyecto denominado "Proyecto de Normalización de Pozos en Isla Mocha", en que se compromete a: i) efectuar nuevas pruebas de producción en los pozos con reservas, para determinar el estado en que se encuentran después de 30 años de haber sido perforados; ii) dejar en condiciones de producción para el proyecto de electrificación de la Isla Mocha los pozos con posibilidades de ser utilizados, si las condiciones técnicas y de reservas así lo...

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