Resolución núm. 299, publicada el 25 de Enero de 2011. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N°2628, DE 2010, QUE MODIFICÓ EL ACUERDO DE CONSEJO Nº 2084, DE 2000, Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURO AGRÍCOLA, COMSA - CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469689678

Resolución núm. 299, publicada el 25 de Enero de 2011. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N°2628, DE 2010, QUE MODIFICÓ EL ACUERDO DE CONSEJO Nº 2084, DE 2000, Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURO AGRÍCOLA, COMSA

EmisorCORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N°2628, DE 2010, QUE MODIFICÓ EL ACUERDO DE CONSEJO Nº 2084, DE 2000, Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURO AGRÍCOLA, COMSA

Santiago, 18 de noviembre de 2010.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 299.- Visto:

  1. Por Acuerdo de Consejo Nº 2084, de 2000, modificado por Acuerdos de Consejo Nº 2140, de 2001, N°2366, de 2005, N° 2388, de 2006, y N° 2481, de 2008, y N° 2592 de 2010, puestos estos cuatro últimos en ejecución por resoluciones (A) N° 135, de 2005, (A) N°347, de 2006, (A) N°49, de 2008, y (A) N° 46 de 2010, respectivamente, se creó el Comité de Seguro Agrícola de CORFO, en adelante también "COMSA", al cual le corresponde la administración del Programa de Seguro Agrícola antes indicado.

  2. Que por la mencionada resolución (A) Nº 49, de 2008, se aprobó el nuevo texto del "Reglamento para el Otorgamiento del Subsidio a las Primas de Seguro Agrícola", actualmente denominado "Reglamento para la Administración del Comité de Seguro Agrícola y el Otorgamiento del Subsidio a las Primas de Seguro Agrícola" en adelante también "el Reglamento". Dicha resolución fue modificada por resoluciones (A) N° 224, de 2008, (A) N° 46 y (A) N° 180, ambas de 2010.

  3. Que el Consejo de COMSA en uso de las facultades que le confiere el actual literal "e." del numeral 1.2 del Reglamento; mediante Acuerdo N° 539, adoptado en la nonagésima segunda Sesión Ordinaria celebrada el 31 de agosto de 2010, acordó proponer una serie de adecuaciones al Reglamento para la Administración del Comité de Seguro Agrícola y el Otorgamiento del Subsidio a las Primas de Seguro Agrícola.

  4. Que por Acuerdo de Consejo de CORFO Nº 2628, de 2010, se aprobó modificar los numerales 1° y 3° y del Acuerdo de Consejo N° 2084, de 2000, tomando en consideración las adecuaciones propuestas por el Consejo de COMSA.

  5. Lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley Nº 19.880 que "Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado", en el sentido de que los acuerdos de los órganos administrativos pluripersonales se llevan a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente.

  6. Que, a consecuencia de lo anterior, y en ejercicio además, de las facultades otorgadas al Vicepresidente Ejecutivo en el N° 9 del Acuerdo de Consejo N°2.084, de 2000, se debe actualizar el Reglamento para la Administración del Comité de Seguro Agrícola y el Otorgamiento del Subsidio a las Primas de Seguro Agrícola.

  7. Lo dispuesto en la Ley Nº 6.640; en el decreto con fuerza de ley N° 211, de 1960; en el decreto supremo del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción N° 360, de 1945 y sus modificaciones, que fija el Reglamento General de la Corporación; y en la resolución N° 1.600, de 2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón,

Resuelvo:

  1. Ejecútase el Acuerdo de Consejo N° 2628, de 2010, que modificó el Acuerdo de Consejo Nº 2.084, de 2000, que creó el COMITÉ DE SEGURO AGRÍCOLA, al cual le corresponde la administración del Programa de Seguro Agrícola.

  2. Atendidas las modificaciones introducidas al Programa, y con el objeto de facilitar su comprensión, reemplázase el texto del "REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURO AGRÍCOLA Y EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO A LAS PRIMAS DE SEGURO AGRÍCOLA" aprobado por resolución (A) N° 49, de 2008, modificada por resoluciones (A) N° 224, de 2008, (A) N° 46 y (A) N° 180 ambas de 2010, por el siguiente:

"REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURO AGRÍCOLA Y EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO A LAS PRIMAS DE SEGURO AGRÍCOLA"

TÍTULO 1

De la Administración

  1. ADMINISTRACIÓN DEL SUBSIDIO

1.1 Créase un comité con el nombre de "COMITÉ DE SEGURO AGRÍCOLA", que podrá identificarse con la sigla "COMSA", que tendrá por objeto promover y administrar un programa de subsidios para el copago de las primas de seguros agrícolas por cobertura de pérdidas o daños ocasionados a las producciones agrícolas, pecuarias o forestales, así como a las instalaciones y/o sistemas productivos asociadas a dichas producciones, derivadas de fenómenos climáticos, eventos de la naturaleza, accidentes y enfermedades del ganado, y demás eventualidades de casos fortuitos o fuerza mayor que puedan causar pérdida, daño o deterioro de las materias aseguradas, contratados por productores agrícolas, pecuarios y/o forestales, en adelante indistintamente "productores agrícolas", con compañías de seguros.

1.2 Este Comité será de aquellos a que se refiere el inciso tercero del artículo 7° del decreto con fuerza de ley N° 211, de 1960.

Para cumplir con los fines señalados en el número uno 1.1 anterior, el Comité tendrá las siguientes facultades:

  1. Encargarse de la Promoción del Seguro Agrícola y del programa de Subsidio para el copago de las primas del mismo, sea que dicha actividad la ejecute directamente el COMSA, en coordinación con otras entidades, o mediante la contratación remunerada de terceros.

  2. Establecer las políticas para el otorgamiento del subsidios, tales como, la determinación de tipos de cultivos, producciones de fruta, praderas, plantaciones forestales, especies pecuarias, instalaciones y/o sistemas productivos y zonas beneficiarias del subsidio a las primas, en adelante las Zonas Homogéneas de Seguro (ZHS), y los riesgos cubiertos para cada uno de los casos.

  3. Determinar los procedimientos y controles internos para la operación del seguro y otorgamiento del subsidio.

  4. Aprobar las pólizas y compañías de seguros con las que podrá operar el subsidio.

  5. Proponer eventuales modificaciones al Reglamento para el otorgamiento del subsidio.

  6. Fiscalizar y evaluar la ejecución del programa.

  7. Realizar, sea por sí solo y/o en colaboración con entidades públicas y privadas, estudios y actividades destinadas a extender la cobertura de seguros para el sector productivo de los ámbitos agrícola, pecuario y forestal y;

  8. En general, ejecutar y celebrar todos los actos y...

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