Resolucion núm. 147, el 06 de Junio de 2008. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.494, DE 2008, Y MODIFICA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y ATRACCIÓN DE INVERSIONES DE ALTA TECNOLOGÍA - CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470290402

Resolucion núm. 147, el 06 de Junio de 2008. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.494, DE 2008, Y MODIFICA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y ATRACCIÓN DE INVERSIONES DE ALTA TECNOLOGÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.494, DE 2008, Y MODIFICA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y ATRACCIÓN DE INVERSIONES DE ALTA TECNOLOGÍA

Santiago, 24 de abril de 2008.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 147.- Visto:

  1. El Acuerdo de Consejo Nº 2.093, de 2000, que creó el Programa de Promoción y Atracción de Inversiones de Alta Tecnología y sus modificaciones, las últimas de las cuales constan en los Acuerdos de Consejo Nº 2.420, de 2006; Nº 2.432, Nº 2.445 y Nº 2.446, todos de 2007, y en el Acuerdo Nº 2.494, de 2008.

  2. La resolución (A) Nº 292, de 2007, que aprobó el Nuevo Texto del Reglamento del Programa de Promoción y Atracciones de Alta Tecnología.

  3. Que conforme a lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 19.880, las decisiones de los órganos administrativos colegiados deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva competente.

  4. Las facultades que me otorga el Acuerdo citado precedentemente, sus modificaciones y el Reglamento General de la Corporación, aprobado por decreto supremo Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, así como lo señalado en la resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por resolución Nº 520, de 1996, y sus modificaciones posteriores, todas del mismo organismo.

Resuelvo:

Modifícase la resolución (A) Nº 292, de 2007, que aprobó el Nuevo Texto del Reglamento del Programa de Promoción y Atracciones de Alta Tecnología, en los siguientes términos:

  1. Agrégase, en el Nº II. BENEFICIARIOS Y PROYECTOS ELEGIBLES, al final del acápite "Beneficiarios", el siguiente párrafo:

    "Las empresas o entidades ya instaladas en el país, que no hayan postulado a este Programa en la oportunidad que concretaron su inversión, podrán hacerlo, en la medida que, ajustándose al objeto del Programa, presenten un proyecto nuevo de inversión, o bien, proyectos de ampliación de inversiones, en los términos referidos en los párrafos siguientes".

  2. Agrégase, en el Nº II. BENEFICIARIOS Y PROYECTOS ELEGIBLES, a continuación y al final del acápite "Proyectos elegibles", el siguiente acápite, con los siguientes párrafos:

    "Ampliación de Inversiones:

    Las empresas o entidades que hayan ejecutado proyectos de inversión bajo las normas del Programa, podrán postular proyectos de ampliación de sus inversiones, en la medida que ajustándose al objeto del programa, importen una generación...

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