Resolución núm. 2674 EXENTA, publicada el 03 de Enero de 2012. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.710, DE 2011, QUE PONE TÉRMINO AL COMITÉ DENOMINADO 'CENTRO NACIONAL DE PRODUCTIVIDAD Y CALIDAD' (CHILECALIDAD), Y FIJA PLAZO ESPECIAL DE CIERRE PARA DICHO COMITÉ - CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469298654

Resolución núm. 2674 EXENTA, publicada el 03 de Enero de 2012. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.710, DE 2011, QUE PONE TÉRMINO AL COMITÉ DENOMINADO 'CENTRO NACIONAL DE PRODUCTIVIDAD Y CALIDAD' (CHILECALIDAD), Y FIJA PLAZO ESPECIAL DE CIERRE PARA DICHO COMITÉ

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.710, DE 2011, QUE PONE TÉRMINO AL COMITÉ DENOMINADO "CENTRO NACIONAL DE PRODUCTIVIDAD Y CALIDAD" (CHILECALIDAD), Y FIJA PLAZO ESPECIAL DE CIERRE PARA DICHO COMITÉ

Santiago, 27 de diciembre de 2011.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 2.674 exenta.- Visto:

  1. Por Acuerdo N° 1.754, de 1994, el Consejo de la Corporación creó el Comité denominado "Centro Nacional de Productividad y Calidad" ("ChileCalidad"), cuyas normas mínimas de funcionamiento se encuentran actualmente fijadas por Acuerdo de Consejo Nº 2.578, de 2009, modificado por el Acuerdo de Consejo Nº 2.593, de 2010.

  2. Que hasta el año en curso, el objeto de dicho Comité ha consistido en "promover un movimiento por la mejora continua y la innovación en la gestión de las organizaciones públicas y privadas del país, elevando su calidad y productividad y fortaleciendo sus relaciones laborales", lo que ha desarrollado principalmente a través de la administración del Premio Nacional a la Calidad y la Gestión de Excelencia y del Premio Pyme Gestión Competitiva, regulados en la actualidad por el decreto supremo Nº 130, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  3. Que, debido a la madurez que ha logrado el Comité ChileCalidad, que desde sus inicios ha funcionado bajo el alero de CORFO, mediante Acuerdo Nº 2.710, de 16 de diciembre de 2011, el Consejo de CORFO ha determinado poner término a dicho Comité, en la expectativa de que a contar del año 2012 se comience una transición hacia el ámbito público-privado, donde se espera que siga realizando la exitosa labor que ha desarrollado hasta ahora, y a la cual CORFO podrá prestar su apoyo, pero ahora como socio estratégico.

  4. Lo establecido en el artículo 3º de la ley Nº 19.880, las facultades que me confieren la ley Nº 6.640, el decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, y el Reglamento General de la Corporación, aprobado por decreto supremo Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía, y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Resuelvo:

    1. Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 2.710, de 16 de diciembre de 2011, que pone término al Comité denominado "Centro Nacional de Productividad y Calidad" (ChileCalidad) y deja sin efecto Acuerdos de Consejo Nº 2.578, de 2009, y Nº 2.593, de 2010, el cual se transcribe a continuación:

    "1. Pónese término, a contar del día 1 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR