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Decreto núm. 131, publicado el 19 de Junio de 1998. MODIFICA DECRETO Nº 338, DE 1997, PARA DISTRIBUCION DE GAS NATURAL EN LAS COMUNAS SEÑALADAS EN LA QUINTA REGION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº 338, DE 1997, PARA DISTRIBUCION DE GAS NATURAL EN LAS COMUNAS SEÑALADAS EN LA QUINTA REGION

Núm. 131.- Santiago, 23 de marzo de 1998.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 323, de 1931, del Ministerio del Interior; en el decreto supremo Nº 263, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, "Reglamento sobre Concesiones Provisionales y Definitivas para la Distribución y el Transporte de Gas"; en el decreto supremo Nº 254, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, "Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas Natural"; en los oficios Nºs 1.639 y, 1.640 ambos de 1998, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; y en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República;

Considerando:

  1. - Que a través del decreto supremo Nº 338, de 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se otorgó a ChilQuinta S.A. concesión definitiva para establecer, operar y explotar, el servicio público de gas natural en las comunas de Casablanca, Limache, Villa Alemana, Quilpué, Valparaíso, Viña del Mar, Concón, Quintero, Puchuncaví, Quillota, La Cruz, La Calera, Hijuelas, Llay Llay y Catemu, en la Quinta Región;

  2. - Que en virtud de lo dispuesto en el artículo Nº 46, del DFL. Nº 323, de 1931, del Interior, Chilquinta S.A. cedió y transfirió a la empresa Energas S.A., R.U.T.

    96.813.520-1 la concesión otorgada por DS. Nº 338, de 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;

  3. - Que a objeto de ejecutar su proyecto de distribución de gas en la Quinta Región, Energas S.A., actual titular de la concesión, presentó ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, una solicitud para modificar la concesión otorgada por DS. Nº 338, de 1997, de Economía.

    D e c r e t o:

Artículo primero Apruébanse las modificaciones a la concesión otorgada por DS

Nº 338, de 1997, de Economía, relativas a trazados, acometidas y zonas de concesión en las comunas de Valparaíso, Viña del Mar, Quilpué, Villa Alemana, Concón, Quintero, Quillota, Limache, La Calera, Llay Llay, Puchuncaví, La Cruz, Hijuelas, Catemu y Casablanca, en la Quinta Región, a objeto de establecer, operar y explotar el servicio público de distribución de gas natural, como se describe en los artículos precedentes.

Artículo segundo

Modifícase el sistema de alimentación en alta presión y acometidas definidas en el DS. Nº 338, de 1997, de Economía, como se señala a continuación:

  1. - Anúlase el sistema de distribución descrito en el artículo segundo del DS. 338, de 1997, de Economía.

  2. - Anúlanse los planos generales definidos en el artículo tercero del DS. 338, de 1997, de Economía.

  3. - Anúlanse las zonas de acometidas y los sistemas de alimentación en alta presión para las comunas de Valparaíso; Viña del Mar, sector sur; Viña del Mar, sector norte; Concón; Quillota; Quilpué; Villa Alemana;

    Limache; La Calera; Llay Llay; Quintero Sur; Puchuncaví;

    La Cruz; Hijuelas; Catemu, mostradas en los planos del artículo tercero y descritas en el artículo cuarto del D.S. Nº 338, de 1997, de Economía.

  4. - Anúlanse las ubicaciones y la numeración definida previamente para las Estaciones de Regulación y Medición (M.R.) y las City Gate Station (C.G.), mostradas en los planos del artículo tercero y descritas en el artículo cuarto del DS. Nº 338, de 1997, de Economía.

  5. - Modifícase parcialmente el trazado de la línea de alimentación, la presión de suministro y la zona de concesión para la ciudad de Casablanca mostrada en los planos del artículo tercero y descritos en el artículo cuarto del DS. Nº 338, de 1997, de Economía.

  6. - Elimínase la línea de alimentación Lo Venecia a Concón, RPC, Enami, mostradas en los planos del artículo tercero y descritas en el artículo cuarto del DS. 338, de 1997, de Economía.

  7. - Elimínanse las siguientes líneas de alta presión señaladas en el artículo octavo del DS. Nº 338, de Economía.

    NOTA: VER DIARIO OFICIAL Nº 36093, DE 19.06.1998, PAGINA 6.

  8. - Amplíese las zonas de concesión para las ciudades de Viña del Mar, Concón, Casablanca y La Cruz, de acuerdo a lo expresado en el artículo sexto de este decreto.

  9. - Modifícanse las redes de distribución de gas natural en 10 bar, según se muestra en los planos del artículo tercero, número 2.- letra d).

Artículo tercero

Los cambios señalados por Energas S.A. para el sistema de alimentación se encuentran descritos en los siguientes planos:

  1. - Planos generales referenciales de las modificaciones:

    1. Plano 97010-VI-001 Rev. 2

    2. Plano 97010-VI-002 Rev. 3

    Utilizados sólo a nivel referencial, indican las modificaciones respecto al proyecto original en las líneas que se modifican o eliminan.

  2. - Planos generales del proyecto definitivo:

    1. Plano 97010-VI-001 Rev. 4 (una l mina).

    2. Plano 97010-VI-002 Rev. 5 (una l mina).

    3. Plano Nº 0000-GX1-003-A Rev. 0 (una l mina).

    4. Planos Nº 97010-VI-100 al 97010-10-VI-114 (quince láminas).

    Corresponden a los planos generales del trazado e indican las zonas de concesión definitivas de las líneas de alimentación, acometidas de las ciudades y líneas de alimentación de acero en las ciudades.

Artículo cuarto

El nuevo sistema de alimentación considera principalmente tres líneas de alta presión (presión menor de 30 bar); la primera de las cuales se conecta a la transportadora en la Estación de Medición y Regulación Nº 1 (M.R. Nº 1), en la Quebrada Escobares para alimentar las comunas de Quilpué, Villa Alemana, Limache, Viña del Mar, Valparaíso, Concón y Quintero Sur, a través de estaciones de medición y regulación intermedias (City Gate), que permiten distribuir gas al interior de las ciudades a presiones de 10 y 4 bar.

La segunda línea en alta presión se conecta a la transportadora en la Estación de Medición y Regulación Nº 2, ubicada en Lo Venecia y permite alimentar las comunas de Quillota; La Calera; Llay Llay; Puchuncaví; La Cruz; Hijuelas; Catemu, a través de estaciones de medición y regulación intermedias (City Gate), que distribuirán el gas a estas ciudades a presiones de 10 bar y 4 bar.

La tercera línea de alta presión que se conecta a la transportadora en Tapihue para alimentar a Casablanca se realiza desde una línea en alta presión (presión menor que 30 bar), que se conecta a la City Gate Nº 5, desde donde se inicia la distribución en la zona de concesión de Casablanca, a una presión de 10 bar y 4 bar.

Artículo quinto

El trazado del sistema de alimentación se describe en coordenadas UTM (Datum Sudamericano Provisional de 1956), como se indica a continuación:

  1. - Alimentación y acometida a Quilpué y Villa Alemana:

    El nuevo trazado se inicia en la nueva ubicación de la M.R.

    Nº 1, en el sector denominado Lo Escobares, de coordenadas UTM Norte 6341110, Este 283530, donde nace un ramal hacia el noroeste a campo travieso aproximadamente 1.400 metros hasta intersectar la Ruta 62 por donde continúa paralela hacia Villa Alemana. Al intersectar la Ruta F-560 se desvía hacia el sur hasta las inmediaciones del Embalse El Recreo, donde gira y continúa a campo travieso hacia el oeste, hasta las inmediaciones de las Ruta F-50, en el punto de coordenadas UTM Norte 6337750, Este 276700, en el sector Alto del Yugo, donde se produce una bifurcación en dos ramales, uno de los cuales corresponde a la acometida a Quilpué que continúa hacia el norte por el camino vecinal Sara El Recreo, aproximadamente 500 metros y por la Ruta F-50 ingresando al área de concesión de Quilpué, hasta la City Gate Nº 1, ubicada en las coordenadas UTM Norte 6339720, Este 273860, donde comenzará la distribución a 10 bar, hacia Quilpué y Villa Alemana.

  2. - Alimentación a Valparaíso, Viña del Mar, Concón y...

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