Decreto 1091 - APRUEBA ACUERDO DE DISOLUCION Y CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA A 'FUNDACION SANTA MARIA DE CHILE PARA EL MUNDO', DE SANTIAGO - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241672278

Decreto 1091 - APRUEBA ACUERDO DE DISOLUCION Y CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA A 'FUNDACION SANTA MARIA DE CHILE PARA EL MUNDO', DE SANTIAGO

EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ACUERDO DE DISOLUCION Y CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA A "FUNDACION SANTA MARIA DE CHILE PARA EL MUNDO", DE SANTIAGO

Santiago, 27 de septiembre de 2005.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.091.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Título XXXIII del Libro I del Código Civil, y en el artículo 26 del decreto supremo de Justicia Nº110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por el decreto supremo de Justicia Nº 679, de 26 de septiembre de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004, en el decreto supremo de Justicia Nº924, de 2 de julio de 1981, y en la resolución Nº520, de 1996, modificada por resolución Nº 661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,

Considerando:

  1. - Que la entidad denominada "Fundación Santa María de Chile para el Mundo", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, que cuenta con personalidad jurídica concedida por este Ministerio, por decreto supremo de Justicia Nº1.129, de fecha 28 de octubre de 1998, mediante presentación de fecha 10 de septiembre de 2004, solicitó la aprobación del acuerdo de disolución de la institución antes mencionada y la cancelación de su personalidad jurídica.

  2. - Que la entidad adoptó el acuerdo de disolución en Sesión Extraordinaria efectuada el día 17 de junio de 2003, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 3 de septiembre de 2004, complementada por escritura pública de 26 de enero de 2005, y otorgadas ante el Notario Público de Santiago, don Osvaldo Pereira González.

  3. - Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo Vigésimo Primero de los...

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