Decreto 950 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA CENTENNIAL CAYMAN CORP CHILE S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 300258986

Decreto 950 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA CENTENNIAL CAYMAN CORP CHILE S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor11 de Julio de 2011

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA CENTENNIAL CAYMAN CORP CHILE S.A.

Santiago, 28 de junio de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 950 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N°1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta N°1.144 de 2000, modificada por la resolución exenta N°596 de 2007, ambas de esta Subsecretaría, que fijó la norma técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado.

  6. El decreto supremo N°64 de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº27.518 de 08.04.2011.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, otorgada a la empresa Centennial Cayman Corp Chile S.A., RUT Nº78.921.690-8, con domicilio en Presidente Riesco N°5435, piso 16, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria a instalar, operar y explotar una (1) estación base.

      La estación base se conectará a la red existente a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos máximos se indican a continuación.

    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria...

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