Decreto núm. 6, publicado el 10 de Enero de 1987. DICTA ORDENANZA MUNICIPAL DE TRANSITO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LONQUIMAY |
Rango de Ley | Decreto |
DICTA ORDENANZA MUNICIPAL DE TRANSITO
Núm. 6.- Vistos:
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- Las facultades que me confieren las disposiciones legales vigentes y en uso de las atribuciones que me otorga del DL No. 1.289, Ley Orgánica de Municipalidades.
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- Los antecedentes contenidos en los artículos 3°, 117°, 151° y 163° de la Ley 18.290/85 nueva Ley de Tránsito.
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- La necesidad de fijar normas específicas para regular el funcionamiento del tránsito en la Comuna.
Decreto:
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Fíjase doble tránsito en todas las calles de la ciudad.
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Prohíbese la circulación de camiones por calle Ignacio Carrera Pinto - Este, desde Baquedano hasta Bernardo O'Higgins y calle O'Higins- Este, entre José Miguel Carrera y Balmaceda; sin embargo podrán hacerlo para los trabajos de carga y descarga, pero solamente por el tiempo imprescindible para efectuar estas faenas.
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Los vehículos deberán ser estacionados al lado derecho de la calzada, en el sentido del tránsito.
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Prohíbese el estacionamiento de camiones en las siguientes calles transversales a Ignacio Carrera Pinto/Este:
- M. Baquedano entre Camino Manuel Rodríguez y O'Higgins.
- José Miguel Carrera entre Avda. Diego Portales y O'Higgins.
- Caupolicán entre Avda. Diego Portales y O'Higgins.
- Cristóbal Colón entre Avda. Diego Portales y O'Higgins.
- Lautaro entre Avda. Diego Portales y O'Higgins.
- Carlos Condell entre Avda. Diego Portales y O'Higgins.
- Manuel Balmaceda entre Avda. Diego Portales y O'Higgins.
- Avda. Diego Portales entre Condell y Caupolicán (tiene una sola vía).
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Todo vehículo que circule dentro del radio urbano deberá hacerlo a una velocidad máxima de 40 Kms./hora.
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El Departamento de Tránsito, colocará la señalización correspondiente...
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