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Decreto núm. 89, publicado el 30 de Enero de 1993. DICTA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LA GRANJA
Rango de LeyDecreto

DICTA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES Núm. 89.- La Granja, 21 de Enero de 1993.

VISTOS:

El Artículo 43° y demás pertinentes del D.L. N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales y las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;

El Acuerdo N° 44 de fecha 21 de Enero de 1993, mediante el cual el Concejo Municipal ha dado su aprobación a la Ordenanza Local sobre derechos Municipales de La Granja;

DECRETO:

DICTASE la siguiente ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES DE LA GRANJA:

ARTICULO 1°

La presente Ordenanza tiene por objeto regular el monto y la forma de girar los derechos municipales que deben pagar las personas naturales o jurídicas, sean de derecho público o privado, que obtengan de la Municipalidad una concesión, un permiso o reciban un servicio.

TITULO I Artículos 2 y 3

LIQUIDACION Y GIRO DE LOS DERECHOS

ARTICULO 2°

Cada Departamento Municipal confeccionará respecto de su área de funciones el giro de los derechos que proceda según se establece en esta Ordenanza y la dará a conocer al interesado, quién deberá enterar su pago en la Tesorería dentro del plazo que corresponda.

Los Giros y su correspondiente pago deberán hacerse previamente al inicio de la Concesión o permiso, a la fecha en que se comience a prestar el servicio, y el vencimiento del pago se hará o fijará en el último día del mes en que se efectúe el giro, salvo en aquellos casos en que la Ley ha fijado otros plazos.

En cada caso se dejará testimonio del pago efectuado en el libro o registro correspondiente, con indicación del Boletín de Ingresos y su fecha.

ARTICULO 3°

Los derechos municipales contemplados en la presente Ordenanza que se encuentran expresados en Unidades Tributarias Mensuales y otras según se exprese en su caso, se liquidarán y pagarán en pesos, depreciándose las fracciones inferiores a cincuenta centavos de pesos y elevándose al entero superior las de cincuenta centavos o más.

El valor de la Unidad Tributaria Mensual a que se refiere esta Ordenanza, será el vigente a la fecha de efectuarse el correspondiente giro.

TITULO II Artículo 4

DEVOLUCION DE DERECHOS MUNICIPALES

ARTICULO 4°

Cuando por cualquier causa corresponda devolver todo o parte de algún derecho municipal, ello deberá ordenarse por Decreto del Alcalde, previo informe del correspondiente Departamento.

Copia del Decreto de Devolución indicado, se transcribirá al Departamento respectivo, para su anotación en los libros o registros correspondientes.

Los contribuyentes que por cualquier causa cesen en el ejercicio de la actividad lucrativa que desarrollan después de pagada la patente, no tendrán derecho a reembolso por el tiempo que les faltare para enterar el período pagado.

TITULO III Artículos 5 a 7

DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIO DE ASEO Y ORNATO

ARTICULO 5°

Los servicios especiales por extracción de basuras, escombros y otros, distintos de los indicados en los artículos 6° y siguiente de la Ley de Rentas Municipales, pagarán por concepto de derechos municipales los que se indican más adelante:

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| NOTA: VER CUADRO D.O. N° 34.479, DEL DIA 30 DE |

| ENERO DE 1993, PAGINA 24. |

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ARTICULO 6°

Los trabajos de mantención y reposición de áreas verdes y atención de especies vegetales que correspondan a los vecinos y cuyo servicio soliciten a la Municipalidad, pagarán por concepto de derechos municipales un 5% de una Unidad Tributaria Mensual por cada metro cuadrado (M2) de trabajo que ello demande.

ARTICULO 7°

Los Servicios por trabajos especiales que se indican pagarán los derechos municipales que en cada caso se señala:

_____________________________________________________

| NOTA: VER CUADRO D.O. N° 34.479, DEL DIA 30 DE |

| ENERO DE 1993, PAGINA 24. |

|_____________________________________________________|

TITULO IV Artículos 8 a 11

DERECHOS MUNICIPALES SOBRE TRANSPORTE, TRANSITO Y VEHICULOS

ARTICULO 8°

El permiso de estacionamiento reservado en bienes nacionales de uso...

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