Decreto núm. 70 EXENTO, publicado el 24 de Marzo de 2006. AUTORIZA CIRCULACION EN DIAS Y HORAS INHABILES DE VEHICULOS QUE INDICA DE PROPIEDAD DE LA CORPORACION NACIONAL FORESTAL Y DEJA SIN EFECTO AUTORIZACIONES DE OTROS VEHICULOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Decreto |
AUTORIZA CIRCULACION EN DIAS Y HORAS INHABILES DE VEHICULOS QUE INDICA DE PROPIEDAD DE LA CORPORACION NACIONAL FORESTAL Y DEJA SIN EFECTO AUTORIZACIONES DE OTROS VEHICULOS
Santiago, 23 de febrero de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 70 exento.- Visto: El oficio Nº 107, de 2006, de la Corporación Nacional Forestal; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el DFL Nº 294, de 1960; D.L. Nº 799, de 1974; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y los artículos 32º, Nº 6 y 35º de la Constitución Política de la República, y
Considerando:
Que la Corporación Nacional Forestal debe destinar vehículos para la recepción y el traslado de representantes y delegaciones internacionales, control de quemas, combate de incendios forestales, labores de fiscalización en Parques Nacionales, Reservas Forestales, Reservas Nacionales, en cortas ilegales y trabajo de expertos extranjeros, sin sujeción a las limitaciones establecidas en el decreto ley Nº 799, de 1974, respecto de los horarios de circulación, labores que deben realizarse frecuentemente en días y horas inhábiles.
Que atendida la naturaleza y mayor seguridad para efectuar las funciones aludidas, se hace necesario que los vehículos que se indican cuenten con la autorización para circular en días y horas inhábiles,
Decreto:
-
- Autorízase la circulación en horario inhábil y en días sábado en la tarde, domingo y festivos y sin sujeción a la jornada ordinaria de trabajo, en las labores inherentes de la Corporación Nacional Forestal, a los vehículos pertenecientes a dicha Institución y específicamente en las actividades de los Directores Regionales de la VII y X Regiones, de los gerentes técnicos y de finanzas y el fiscal de Conaf, en la Región Metropolitana, respecto de los vehículos que a continuación se individualizan:
Vehículo Marca Año Nº Motor Patente Ubicación
Camio-
neta Chevrolet 2001 C22NE25037828 UG-4827-1 VII
Región
Auto-
móvil Nissan
Sentra 2004 QG18797963R XB-8537-2 Región
Metropo-
litana
Auto-
móvil Nissan
Sentra 2006 QG186658725 WA-8635-9 Región
Metro-
politana
Jeep Suzuki
Grand
Vitara 2003 G16B653504 VA-9390-7 Región
Metro
politana
Station
Wagon Peugeot 2005 10DYTG3005911 YK-4058-9 X Región
-
- Déjese sin efecto las autorizaciones de circulación y exención de usar...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba