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DFL 1 - ESTABLECE FECHA DE SUPRESIÓN DE LAS SUBSECRETARÍAS QUE INDICA Y DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto con Fuerza de Ley

ESTABLECE FECHA DE SUPRESIÓN DE LAS SUBSECRETARÍAS QUE INDICA Y DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

DFL Núm. 1.- Santiago, 25 de febrero de 2010.- Visto:

  1. Lo dispuesto en los artículos 32, Nº 1, 64 y 99, inciso de la Constitución Política de la República de Chile.

  2. La ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

  3. La ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.

  4. La ley Nº 18.952, que crea Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional.

  5. La ley Nº 7.144, que crea el Consejo Superior de Defensa Nacional.

  6. El decreto supremo (G) Nº 244, de 15.abr.1976, Reglamento Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.

  7. El decreto supremo (G) Nº 130, de 17.feb.1976, Reglamento Orgánico y de Funcionamiento de la Subsecretaría de Guerra.

  8. El decreto supremo (M) Nº 206, de 7.mar.1975, Reglamento Orgánico y de Funcionamiento de la Subsecretaría de Marina.

  9. El decreto supremo (A) Nº 726, de 16.jul.1979, Reglamento Orgánico y de Funcionamiento de la Subsecretaría de Aviación.

  10. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

  11. La entrada en vigencia de la ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.

  12. Que, su artículo 4º, establece que la organización del Ministerio de Defensa Nacional estará conformada por el Ministro de Defensa Nacional, la Subsecretaría de Defensa, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y el Estado Mayor Conjunto.

  13. Que, su artículo 36, preceptúa que la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas es la sucesora para todos los efectos legales, reglamentarios y contractuales de las Subsecretarías de Guerra, de Marina y de Aviación y de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional.

  14. Que, el inciso final del artículo 6º transitorio, faculta al Presidente de la República para establecer la fecha de supresión de las Subsecretarías de Guerra, Marina y Aviación, del Consejo Superior de Defensa Nacional y de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional y la consecuente data de inicio del funcionamiento de las Subsecretarías de Defensa y para las Fuerzas Armadas.

    Decreto con fuerza de ley:

    1. - Establécese como fecha de supresión de las Subsecretarías de Guerra, Marina y Aviación y de la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional, el día 11 de marzo de 2010.

    2. -...

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