Decreto 64 EXENTO - DETERMINA NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA PARA EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE DESARROLLO SOCIAL REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA
Emisor | MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 4 de Julio de 2012 |
DETERMINA NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA PARA EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE DESARROLLO SOCIAL REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA
Santiago, 22 de junio de 2012.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 64 exento.- Vistos: Lo dispuesto en la ley N° 20.530 de 2011, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica cuerpos legales que indica; en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el DFL N° 1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República", y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre la exención del trámite de toma de razón, y demás antecedentes tenidos a la vista.
Considerando:
Que el artículo N° 81, del DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, establece que la autoridad facultada para hacer el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación en los siguientes casos, y en su letra a) indica que procederá en los cargos de exclusiva confianza.
Que se hace necesario establecer un nuevo orden de subrogación para el desempeño del referido cargo.
Decreto:
-
- Determínase, a contar de esta fecha, el siguiente orden de subrogación del cargo de Secretario Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Arica y Parinacota, en caso de ausencia o impedimento del titular en el siguiente orden:
Primer subrogante:
Walter Vallejos González, Jefe de Departamento Regional, grado 05 de la EUS, Planta de Directivos.
Segundo subrogante:
César Valdenegro Ortiz, Suplente, grado 08 de la EUS, Planta de Profesionales.
Anótese...
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