Resolución núm. 313 EXENTA, publicada el 21 de Marzo de 2014. DEROGA PARCIALMENTE RESOLUCIÓN Nº 1.750 EXENTA DE 2007, Y DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN FUNCIONARIO QUE SEÑALA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 499657750

Resolución núm. 313 EXENTA, publicada el 21 de Marzo de 2014. DEROGA PARCIALMENTE RESOLUCIÓN Nº 1.750 EXENTA DE 2007, Y DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN FUNCIONARIO QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

DEROGA PARCIALMENTE RESOLUCIÓN Nº 1.750 EXENTA DE 2007, Y DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN FUNCIONARIO QUE SEÑALA

Núm. 313 exenta.- Santiago, 18 de marzo de 2014.- Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece la Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en los artículos 24 y 41 del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DL Nº 1.028 de 1975, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en la resolución exenta Nº 1.750, de 9 de julio de 2007, de la Subsecretaría del Trabajo, que delega facultad de firmar "por orden del Subsecretario" en materias que señala respecto de funcionario que individualiza; en el decreto supremo Nº 14, de 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que nombra Subsecretario del Trabajo; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, de la Contraloría General de la República;

Considerando:

  1. - Que, considerando las diversas atribuciones y deberes que la ley le ha encomendado al Subsecretario del Trabajo, se ha estimado necesario adoptar medidas tendientes a agilizar la dictación de actos administrativos propios de su competencia.

  2. - Que, conforme a lo que establece el artículo 41 del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, el ejercicio de las atribuciones y facultades propias podrán ser delegadas en funcionarios de la dependencia del delegante, en tanto se trate de una delegación parcial y recaiga en materias específicas.

  3. - Que, con fecha 9 de julio de 2007, se dictó la resolución exenta Nº 1.750, de la Subsecretaría del Trabajo, mediante la cual se delegaron facultades del Subsecretario del Trabajo en el Jefe de la División Jurídica, entre las que se cuentan, conceder y/o aprobar permisos administrativos y feriados legales solicitados por los Secretarios Regionales Ministeriales del Trabajo y Previsión Social y autorizar los cometidos de los Secretarios Regionales Ministeriales del Trabajo y...

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