Decreto núm. 6 EXENTO, publicado el 24 de Enero de 1985. APRUEBA DECRETO, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, POR SERVICIOS, CONCESIONES Y PERMISOS - MUNICIPALIDAD DE COLBÚN - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471031050

Decreto núm. 6 EXENTO, publicado el 24 de Enero de 1985. APRUEBA DECRETO, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, POR SERVICIOS, CONCESIONES Y PERMISOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE COLBÚN
Rango de LeyDecreto

APRUEBA DECRETO, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, POR SERVICIOS, CONCESIONES Y PERMISOS

Núm. 6 exento.- Colbún, Enero de 1985.- Vistos: Las facultades que me confiere el DL. 1.289 Ley Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal, del Ministerio del Interior; lo dispuesto en los Arts. 41 al 44 y 67 transitorio del DL. N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales.

Decreto:

Artículo 1°

Apruébase el siguiente decreto alcaldicio, sobre Derechos Municipales, por Servicios, Concesiones, Permisos prestados u otorgados por este Municipio.

A.- RENTAS - SUBSISTENCIA Y PATENTES

  1. Derechos que deben ser girados por el Municipio a través del Dpto. Rentas y Patentes, sin perjuicio de la contribución de Patentes Municipales que corresponda:

    1.1.Instalaciones o construcciones varias en Bienes Nacionales o de uso público, semestral: 50% UTM 1.2.a) Comercio ambulante peatonal:

    - Mensual: 10% UTM - Diario: 2% UTM

    1. Comercio ambulante en vehículos:

      - Tracción animal; mensual: 12% UTM Diario: 2% UTM - Tracción motorizado; mensual: 20% UTM Diario: 4% UTM

      1.3.Derechos por funcionamiento de circos; por semana o fracción con propaganda: 20% UTM

      1.4.Derechos guías libre tránsito animales, por cada vacuno, caballar, cerdos o lanar: $ 2, 50

      1.5.Especies o animales aparecidos, destinados a bodega o corrales municipales, por día:

    2. Especies: 5 % UTM

    3. Animales sin forraje: 7% UTM

      1.6.Reparto ambulante de bebidas alcohólicas, analcohólicas y cigarrillos, trimestral: 50 % patente ordinaria.

      1.7.Derechos de propaganda en la Vía Pública con alto parlantes:

    4. Diario: 4% UTM

    5. Mensual: 25% UTM

    6. Anual: 1 UTM

      1.8.Derechos de propaganda vistos en Vía Pública:

    7. Letreros o avisos luminosos, por m2. o fracción, anual: 30% UTM

    8. Letreros o avisos no luminosos, por m2. o fracción, anual: 1 UTM

      1.9.Inscripción marcas de fuego: 15% UTM

      1.10.Beneficios en Sector Urbano o Rural:

    9. Bailes con venta de bebidas alcohólicas: 4 UTM b) Baile con venta de bebidas analcohólicas y comestibles: 1 UTM

    10. Autorizaciones extendidas como las descritas en las letras anteriores otorgadas a instituciones del voluntariado: 1 UTM

    11. Carreras a la chilena: 1/2 UTM

    12. Fondas y ramadas en Fiestas Patrias, 12 Octubre , Navidad y otros: 1 UTM por día.

      1.11.Solicitudes, informes hechos por funcionarios municipales a petición de particulares: 4% UTM 1.12.Autorización de traslado locales comerciales: 2 UTM 1.13.Patentes temporales, sobre el valor de la patente anual ordinaria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR