Decreto 354 EXENTO - DENIEGA SOLICITUDES DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADAS 'AZUFRE NORTE 2' Y 'SAN PABLO DE CUPO', AMBAS PRESENTADAS POR LA SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA EL ABRA, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657
Emisor | MINISTERIO DE MINERÍA |
Rango de Ley | Decreto |
DENIEGA SOLICITUDES DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADAS "AZUFRE NORTE 2" Y "SAN PABLO DE CUPO", AMBAS PRESENTADAS POR LA SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA EL ABRA, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657
Núm. 354 exento.- Santiago, 9 de octubre de 2009.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica y su Reglamento aprobado mediante decreto supremo Nº 32, de 22 de abril de 2004, modificado por el decreto supremo Nº 224, de 4 de diciembre de 2008, ambos del Ministerio de Minería; las solicitudes de concesión de exploración de energía geotérmica, denominadas "Azufre Norte 2" y "San Pablo de Cupo", presentadas con fecha 24 de octubre de 2008, por la Sociedad Contractual Minera El Abra; el oficio ord. Nº 1.550, de fecha 7 de noviembre de 2008, del Ministerio de Minería; los oficios ord. Nº 1.874 y Nº 1.882, ambos de 29 de diciembre de 2008, del Servicio Nacional de Geología y Minería; los oficios Nº 274 y Nº 316, de 16 y 18 de marzo de 2009, respectivamente, del Ministerio de Minería; los oficios ord. Nº 475 y Nº 477, ambos de 19 de mayo 2009, de la Comisión Nacional de Energía; las Actas del Comité de Análisis de Energía Geotérmica, correspondientes a las reuniones de los días 24 de febrero de 2009 y 16 de marzo de 2009; el decreto supremo Nº 131, de 26 de diciembre de 2002, del Ministerio de Minería, que faculta al Ministro de Minería a firmar "Por orden del Presidente de la República" en materia de Concesiones de Energía Geotérmica, y la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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Que, la Sociedad Contractual Minera El Abra, en adelante e indistintamente "SCM El Abra", presentó al Ministerio de Minería, con fecha 24 de octubre de 2008, una solicitud de concesión de exploración de energía geotérmica, denominada "Azufre Norte 2", ubicada en la comuna de Ollagüe, Provincia de El Loa, Segunda Región de Antofagasta, sobre una superficie total de 8.400 hectáreas, delimitada por el paralelógramo rectangular de vértices V1, V2, V3 y V4, cuyas coordenadas UTM, referidas al PSAD 56, Huso 19, expresadas en metros, son las siguientes:
Vértice UTM
Norte Este
V1 7.592.300 577.800
V2 7.598.300 577.800
V3 7.598.300 591.800
V4 7.592.300 591.800
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Que, el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante oficio ord. Nº 1.882, de fecha 29 de diciembre de 2008, en repuesta al oficio ord. Nº 1.550 de 2008, del Ministerio de Minería, comunicó a este organismo la existencia de superposición entre la solicitud individualizada en el considerando anterior y la solicitud de concesión de exploración de energía geotérmica, en trámite de constitución, denominada, "Huilquiruca", de propiedad de la...
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