Resolución núm. 1340 EXENTA, publicada el 17 de Noviembre de 2011. DELEGA FACULTADES A JEFE REGIONAL DE SUBVENCIONES Y JEFE DE INSPECCIÓN, AMBOS DE LA UNIDAD DE SUBVENCIONES DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE LA REGIÓN DE TARAPACÁ, PARA TRAMITAR PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS POR INFRACCIÓN AL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 2, DE 1998, Y SUS MODIFICACIONES Y DECRETO Nº 8.144, DE 1980, Y SUS MODIFICACIONES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469537670

Resolución núm. 1340 EXENTA, publicada el 17 de Noviembre de 2011. DELEGA FACULTADES A JEFE REGIONAL DE SUBVENCIONES Y JEFE DE INSPECCIÓN, AMBOS DE LA UNIDAD DE SUBVENCIONES DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE LA REGIÓN DE TARAPACÁ, PARA TRAMITAR PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS POR INFRACCIÓN AL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 2, DE 1998, Y SUS MODIFICACIONES Y DECRETO Nº 8.144, DE 1980, Y SUS MODIFICACIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTADES A JEFE REGIONAL DE SUBVENCIONES Y JEFE DE INSPECCIÓN, AMBOS DE LA UNIDAD DE SUBVENCIONES DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE LA REGIÓN DE TARAPACÁ, PARA TRAMITAR PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS POR INFRACCIÓN AL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 2, DE 1998, Y SUS MODIFICACIONES Y DECRETO Nº 8.144, DE 1980, Y SUS MODIFICACIONES

Núm. 1.340 exenta.- Iquique, 21 de octubre de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; la ley Nº 20.529 del Ministerio de Educación, sobre Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su fiscalización; el DFL Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, y sus modificaciones; el decreto supremo de Educación Nº 8.144, de 1980, y sus modificaciones; el decreto supremo Nº 311, de 1º de septiembre del año 2011, del Ministerio de Educación, que nombra al Secretario Regional Ministerial de Educación, Región de Tarapacá; el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo; el programa 21, capítulo 01, partida 09, glosa 02 de la ley Nº 20.481, de Presupuestos para el Sector Público, para el año 2011, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que, es función del Ministerio de Educación adoptar las medidas y generar las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios y que es una política institucional modernizar y desconcentrar su gestión.

  2. - Que, en este marco, se refuerza la inspección y fiscalización de los establecimientos educacionales subvencionados del país y el pago de la subvención estatal y se optimizan los recursos tanto humanos como materiales para llevar a cabo dichas funciones, creándose para estos efectos la Unidad de Subvenciones por ley Nº 20.314 de Presupuestos para el año 2009, continuando su existencia en ley Nº 20.407 de Presupuestos del Sector Público para el año 2010 y ley Nº 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011.

  3. - Que, el decreto con fuerza de ley Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación, y sus modificaciones, otorga facultades propias a los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación para instruir y sustanciar procedimientos administrativos y aplicar sanciones a establecimientos educacionales, en caso de infracción a dicha norma o al decreto supremo de Educación Nº 8.144 de 1980 y sus modificaciones.

  4. - Que los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación tienen radicadas en su esfera de atribuciones facultades propias en el ámbito de pago de la subvención, la fiscalización de establecimientos educacionales y en el ámbito administrativo de manejo de personal de los funcionarios de dependencia regional.

  5. - Que, en virtud del programa 21, capítulo 01, partida 09, glosa 02 de la ley Nº 20.481, Presupuestos del Sector Público para el año 2011, los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación podrán delegar cuando corresponda, en los Jefes Regionales de Subvenciones y en los Jefes de Inspección de la Unidad de Subvenciones, las facultades técnicas y administrativas que sean necesarias para el buen funcionamiento de la estructura...

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