Resolución núm. 148 EXENTA, publicada el 21 de Noviembre de 2012. DELEGA FACULTADES QUE INDICA Y FACULTAD DE FIRMAR POR ORDEN DEL SUBSECRETARIO(A) EN MATERIAS QUE PRECISA A PERSONAS QUE INDIVIDUALIZA
Emisor | MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTADES QUE INDICA Y FACULTAD DE FIRMAR POR ORDEN DEL SUBSECRETARIO(A) EN MATERIAS QUE PRECISA A PERSONAS QUE INDIVIDUALIZA
Santiago, 15 de noviembre de 2012.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 148 exenta.- Visto: Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto ley Nº 1.028, de 1975, que precisa las atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2012, del Ministerio de Planificación, que fija plantas de personal de las Subsecretarías de Evaluación Social y de Servicios Sociales, determina fecha de iniciación de actividades del Ministerio de Desarrollo Social y regula demás materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la ley Nº 20.530; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, la delegación de facultades es una institución establecida para permitir un funcionamiento eficiente y eficaz de la Administración del Estado.
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Que, de acuerdo a las normas contempladas en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado y en el DL Nº 1.028, de 1975, que precisa Atribuciones y Deberes de los Subsecretarios de Estado, la autoridad competente para dirigir la administración y servicios internos del Ministerio corresponde al Subsecretario(a) respectivo.
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Que, conforme lo establece el artículo 41 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, el ejercicio de las atribuciones y facultades propias puede ser delegado si se cumplen los requisitos que la referida norma establece.
Que, vistas las facultades legales
Resuelvo:
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Delégase, a contar de esta fecha, en don Claudio Castillo Castillo, cédula de identidad Nº 15.429.311-6, Jefe de División, grado 2 de la EUS, lo siguiente:
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En materias de personal:
La facultad para resolver las siguientes materias:
1) Resolución de pago de horas extraordinarias.
2) Resolución descanso complementario.
3) Reconocimiento Asignación Profesional.
4) Reconocimiento derecho y a pago de salas cuna y/o jardines...
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