Resolución núm. 606 EXENTA, publicada el 24 de Junio de 2010. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 1.005 EXENTA, DE 2009. FIJA VALOR DE REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS Y ESTABLECE SU COBRO - DIRECCIÓN DEL TRABAJO - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469859706

Resolución núm. 606 EXENTA, publicada el 24 de Junio de 2010. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 1.005 EXENTA, DE 2009. FIJA VALOR DE REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS Y ESTABLECE SU COBRO

Publicado enDiario Oficial
EmisorDIRECCIÓN DEL TRABAJO
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 1.005 EXENTA, DE 2009. FIJA VALOR DE REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS Y ESTABLECE SU COBRO

Núm. 606 exenta.- Santiago, 18 de junio de 2010.- Vistos:

  1. - Las facultades que me otorga el artículo 5º letra f, del D.F.L. Nº 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;

  2. - La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;

  3. - Lo dispuesto en el artículo 83 de la ley 18.768 del año 1988;

  4. - Lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº 20.285;

  5. - El artículo 20 del decreto supremo Nº 13, de 2009, de la Secretaría General de la Presidencia;

  6. - Oficio Nº 839, de fecha 13 de mayo de 2010, del Director General del Consejo para la Transparencia;

  7. - Instrucción General Nº 6 sobre gratuidad y costos directos de reproducción de la información solicitada en ejercicio del derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado, de marzo de 2010, del Consejo para la Transparencia;

  8. - Resolución exenta Nº 198, de 11 de marzo de 2008, que aprobó contrato para servicio de impresión y copiado, suscrito entre la Dirección del Trabajo y la empresa Allnett Solutions S.A.;

  9. - La resolución exenta Nº 1.005, de 28 de agosto de 2009, de la Sra. Directora del Trabajo, de la época.

    Considerando:

  10. - Que, con la entrada en vigencia de la ley Nº 20.285, el día 20 abril de 2009, ha surgido la obligación de entregar la documentación que sea requerida por los particulares que cumplen con los requisitos para ello, conforme a dicho cuerpo normativo;

  11. - Que, conforme lo establecido en el artículo 83, de la ley Nº 18.768, los servicios dependientes de la Administración Central y Descentralizada del Estado se encuentran facultados para cobrar el valor de los costos de los documentos o copias de éstos que se proporcionen a los particulares y cuya dación gratuita no esté dispuesta por la ley;

  12. - Que mediante documento citado en los Vistos Nº 7, el Consejo para la Transparencia ha impartido una instrucción general a los Servicios Públicos, respecto a los principios y criterios que han de tenerse en consideración al fijar los cobros por entrega de información en virtud del ejercicio del derecho de acceso a la información de conformidad a lo dispuesto en la ley Nº 20.285;

  13. - Que, dado lo expresado precedentemente a esta Dirección del Trabajo, le asiste la obligación de modificar los valores fijados por costos directos de reproducción de la información contenidos en la resolución exenta Nº...

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