Resolución núm. 148, publicada el 28 de Diciembre de 2009. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº0043 DE 29.04.2009 DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA REGIÓN DEL BÍO BÍO Y PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE CABRERO - GOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469972626

Resolución núm. 148, publicada el 28 de Diciembre de 2009. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº0043 DE 29.04.2009 DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA REGIÓN DEL BÍO BÍO Y PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE CABRERO

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº0043 DE 29.04.2009 DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA REGIÓN DEL BÍO BÍO Y PROMULGA PLAN REGULADOR COMUNAL DE CABRERO

Núm. 148.- Concepción, 19 de octubre de 2009.- Considerando:

  1. - El proyecto de Plan Regulador Comunal de Cabrero que consta de la Memoria Explicativa, el Estudio de Factibilidad Sanitaria, la Ordenanza Local y los Planos PRCC-01 Cabrero, PRCMA-02 Monte Águila y PRCCH-03 Charrúa, confeccionados a escala 1:5.000 por la Municipalidad de Cabrero.

  2. - La Resolución Exenta Nº 31 de 29 de Enero de 2007 de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Bío Bío, que califica favorablemente el proyecto de Plan Regulador Comunal de Cabrero.

  3. - Certificado Nº 526 de 31 de Diciembre de 2007, de la Secretaria Municipal de Cabrero, mediante el cual se acredita que en sesión extraordinaria Nº 19 de fecha 13 de Agosto de 2007, el Concejo Municipal aprobó el Plan Regulador Comunal de Cabrero.

  4. - El Oficio Nº 653 de 12 de Marzo de 2009 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío a Intendente Regional, mediante el cual acompaña el Informe Técnico favorable y el Expediente Técnico y Administrativo del Plan Regulador Comunal de Cabrero.

  5. - Certificado Nº 2667º7 de fecha 09 de Abril de 2009, extendido por la Secretaria Ejecutiva y Ministro de Fe del Consejo de Gobierno Regional, mediante el cual se acredita que en sesión ordinaria Nº 07 de 08 de Abril de 2009 se aprobó por unanimidad de la sala el proyecto "Plan Regulador Comunal de Cabrero".

  6. - La Resolución Nº 0043 de 29 de Abril de 2009 del Intendente Regional de la Región del Bío Bío, mediante el cual promulga el Plan Regulador Comunal de Cabrero.

  7. - El Oficio Nº 03607 de 19 de Mayo de 2009 del Contralor Regional del Bío Bío, por el cual devuelve sin tramitar la Resolución individualizada en el Considerando 1, mediante la cual se aprueba el Plan Regulador Comunal de Cabrero, en atención a que no resulta procedente que el artículo 15 de la Ordenanza Local del referido Plan Regulador, establezca normas sobre protección ante incendios forestales; toda vez que el artículo 2.1.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones que señala las características específicas para la regulación de las zonas de riesgo, no contempla dentro de éstas las relacionadas con incendios forestales.

  8. - El Decreto Nº 10 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de 9 de Febrero de 2009, publicado en el Diario Oficial de 23 de Mayo de 2009, que modifica el artículo 2.1.17 del Decreto Nº 47 de 1992 (V. y U.) Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, sobre áreas de riesgo.

  9. - El Ordinario Nº 1261 de 29 de Mayo de 2009 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, por el cual se solicita el reingreso del Plan Regulador Comunal de Cabrero a Contraloría Regional del Bío Bío.

  10. - El Oficio Nº 1067 de 09 de Junio de 2009 del Intendente Regional de la Región del Bío Bío, por el cual solicita a Contraloría Regional la toma de razón de la Resolución Nº 0043 de 29 de Abril de 2009, que promulga el Plan Regulador Comunal de Cabrero.

  11. - El Oficio Nº 05119 de 13 de Julio de 2009 de la Contraloría Regional del Bío Bío, que devuelve sin tramitar la Resolución Nº 0043 ya individualizada, por haberse tramitado ésta con fecha anterior a la entrada en vigencia de la modificación del artículo 2.1.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

  12. - El Ordinario Nº 1775 de fecha 11 de Septiembre de 2009 del Intendente y Presidente del Consejo de Gobierno Regional de la Región del Bío Bío dirigido a los señores Consejeros Regionales, mediante el cual solicita ratificar el acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 07 de fecha 08 de Abril de 2009 y que consta en Certificado Nº 2667º7, por el cual se aprobó el Plan Regulador Comunal de Cabrero.

  13. - El Certificado Nº 2786/o18 de fecha 23 de Septiembre de 2009, extendido por el Ministro de Fe Ad-Hoc del Consejo de Gobierno Regional, mediante el cual se acredita que en Sesión Ordinaria Nº 18 de 23 de Septiembre de 2009 se acordó por unanimidad de la Sala, ratificar el acuerdo que aprueba el Plan Regulador de Cabrero y que consta en Certificado Nº 2667º7 de 09 de Abril de 2009.

    Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.695 de 1988 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores; lo dispuesto en el artículo 43º del DFL Nº 458 (V. y U.) de 1976 Ley General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones posteriores; en los artículos 2.1.10 al 2.1.11 del D.S. Nº 47 (V. y U.) de 1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, modificado por el D.S. Nº 75 (V. y U.) de 2001, por el D.S. Nº 217 (V. y U.) de 2001, por el D.S. Nº 33 (V. y U.) de 2002 y especialmente el D.S. Nº 10 de 2009; en los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 19.778 de 2001 que modificó la Ley Nº 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional en materia de Planes Reguladores; lo dispuesto en la Resolución Nº 1.600 de 30 de Octubre de 2008 de la Contraloría General de la República y en el Decreto Supremo Nº 1.377 de fecha 28 de Noviembre de 2008 del Ministerio del Interior.

    Resuelvo:

  14. - Déjase sin efecto la Resolución Nº 0043 de fecha 29 de Abril de 2009, del Gobierno Regional de la Región del Bío Bío, que promulga el Plan Regulador Comunal de Cabrero.

  15. - Promúlgase el Plan Regulador Comunal de Cabrero de conformidad a lo indicado en los siguientes documentos que lo conforman: Memoria Explicativa, Estudio de Factibilidad, Ordenanza Local y los Planos PRCC-01 Cabrero, PRCMA-02 Monte Águila y PRCCH-03 Charrúa, confeccionados a escala 1:5.000 por la Municipalidad de Cabrero, documentos que por la presente Resolución se aprueban.

  16. - Los interesados podrán consultar y/o adquirir los antecedentes que conforman el presente Plan Regulador Comunal, en la Municipalidad de Cabrero.

  17. - Publíquese la presente Resolución y el texto completo de la Ordenanza Local en el Diario Oficial de la República de Chile y archívense los planos y la Ordenanza correspondiente en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva, y en la Municipalidad de Cabrero.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Jaime Tohá González, Intendente Región del Bío Bío.

    PLAN REGULADOR COMUNAL DE CABRERO

    ORDENANZA LOCAL

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 5
ARTICULO 1 MATERIAS NORMADAS

La presente Ordenanza Local contiene las normas referentes al límite urbano, zonificación y usos de suelo, condiciones urbanísticas de subdivisión predial, urbanización y edificación y vialidad estructurante, que regirán dentro del área territorial urbana del Plan Regulador Comunal de Cabrero, de acuerdo a lo graficado en los Planos PRCC – 01 de Cabrero, PRCMA-02 de Monte Águila y PRCCH -03 de Charrúa, elaborados a escala 1:5.000, en adelante los Planos, con cuya información gráfica es complementaria.

ARTICULO 2 AMBITO TERRITORIAL

Para efectos del ordenamiento territorial comunal en el territorio de la comuna de Cabrero se distingue dos tipos de áreas: Área Urbana y Área Rural. El área urbana distingue a su vez, tres macro áreas: Área Urbana Consolidada, Área de Extensión Urbana y Áreas Especiales, de Restricción y Protección.

El área urbana reglamentada por el presente Plan Regulador Comunal está definida por el límite urbano que corresponde a las líneas poligonales cerradas entre los puntos 1 al 15 para el centro urbano de Cabrero, 16 al 30 para el centro urbano de Monte Águila y 31 al 42 para el centro urbano de Charrúa, respectivamente, cuya descripción de puntos y tramos se detallan en el Artículo 6 de esta Ordenanza

El presente Plan Regulador no regula el área rural de la comuna de Cabrero, ya que está conformada por el resto del territorio comunal, no incluido en el límite urbano. Su regulación urbanística se regirá según lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General y demás disposiciones legales y reglamentarias atinentes a este territorio.

ARTICULO 3 MARCO GENERAL

Todas aquellas materias atinentes al desarrollo urbano que no estuvieren normadas por las disposiciones de la presente Ordenanza, deberán regirse por lo establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General y demás disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia.

ARTICULO 4 RESPONSABILIDADES

De conformidad a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, corresponde a la Dirección de Obras Municipales de Cabrero la responsabilidad en la aplicación de las normas de la presente Ordenanza y a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Bío Bío la supervigilancia de su cumplimiento y la interpretación técnica de ellas.

ARTICULO 5 SANCIONES

La inobservancia de las normas contenidas en la presente Ordenanza será sancionada de acuerdo a lo previsto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

CAPITULO II DESCRIPCION DEL LIMITE URBANO Artículo 6
ARTICULO 6 LIMITE URBANO

El límite urbano del área reglamentada por el presente Plan...

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