Resolucion núm. 14, el 30 de Junio de 2007. DEJA SIN EFECTO RESOLUCION Nº 60, DE 2006, Y PROMULGA PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CHILLAN-CHILLAN VIEJO - GOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470404962

Resolucion núm. 14, el 30 de Junio de 2007. DEJA SIN EFECTO RESOLUCION Nº 60, DE 2006, Y PROMULGA PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CHILLAN-CHILLAN VIEJO

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL VIII REGIÓN DEL BIOBÍO
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCION Nº 60, DE 2006, Y PROMULGA "PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL DE CHILLAN-CHILLAN VIEJO"

Núm. 14.- Concepción, 11 de enero de 2007.- Considerando:

1) Resolución Nº 60 de 30/06/2006 de Gobierno Regional Región del Bío Bío que promulga el Plan Regulador Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo.

2) Oficio Nº 4.210 de 08/08/2006 de Contraloría General de la República, que devolvió con observaciones y sin tramitar la resolución Nº 60 antes señalada.

3) Ord Nº 1.771 de 26/09/2006 de Jefe División Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional que solicita al Dpto. Desarrollo Urbano de la Seremi Minvu subsanar las observaciones formuladas por Contraloría General.

4) Ord. Nº 1.891 de 17/10/2006 de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, que remite expediente corregido respecto de las observaciones de Contraloría General.

5) Ord. Nº 401 de 10 de marzo de 2006, del señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, dirigido al señor Intendente Regional, mediante el cual se remiten los antecedentes del "Plan Regulador Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo" y se solicita su aprobación por el Consejo de Gobierno Regional.

6) Ord. Nº 486 de 21 de marzo de 2006, de la señora Intendenta Regional, solicitando su estudio y aprobación por parte del Consejo de Gobierno Regional.

7) Ord. Nº 2.201 de fecha 12 de octubre de 2005 del señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, dirigido a los señores alcaldes de San Nicolás, San Carlos, Coihueco, Pinto, San Ignacio, Bulnes, Quillón, Ránquil y Portezuelo, donde se envía el Plan Regulador Intercomunal para su conocimiento e informe según art. 2.1.9 de la OGUC.

8) Ord. Nº 2.207 y 2.208, ambos de fecha 13 de octubre de 2005, del señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, dirigido a los señores alcaldes de Chillán Viejo y Chillán, respectivamente, donde se envía el Plan Regulador Intercomunal para su conocimiento e informe según el art. 2.1.9 de la OGUC.

9) Ord. Nº 1.155 de 23 de noviembre de 2005, respuesta del señor Alcalde de Portezuelo.

10) Ord. Nº 3.710 de 20 de diciembre de 2005, respuesta del señor Alcalde de Chillán, donde envía informe solicitado.

11) Ord. Nº 12 de 4 de enero de 2006, respuesta del Seremi Minvu a Alcalde de Chillán sobre acuerdos de observaciones PRICH.

12) Ord. Nº 2.210 de 13 de octubre de 2005 del señor Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Bío Bío, dirigido a Director Regional de Conama donde se ingresa la DIA del PRICH a evaluación ambiental.

13) Resolución exenta Nº 74 de fecha 10 de marzo de 2006 de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Bío Bío, que califica favorablemente el PRICH.

14) Memoria explicativa del Plan Regulador

Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo, elaborada por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío Bío.

15) Ordenanza del Plan Regulador Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo, elaborada por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío Bío.

16) Planos PRICH-01 "Zonificación" y PRICH-02 "Vialidad Estructurante" de fecha marzo de 2006, confeccionados a escala 1:35.000 por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío Bío.

17) Certificado Nº 1.971/o10 de fecha 29 de mayo de 2006 extendido por el Ministro de Fe del Consejo de Gobierno Regional, mediante el cual se acredita que en Sesión Ordinaria Nº10 de fecha 24 de mayo de 2006 el Consejo de Gobierno de la Región del Bío Bío aprobó por la unanimidad de la sala el Informe de la Comisión de Planificación y Ordenamiento Territorial respecto del proyecto "Plan Regulador Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo",

Vistos: Lo dispuesto en el artículo 36º del DFL Nº 458 (V. y U.) de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones; en los artículos 2.1.7 al 2.1.9 del DS Nº 47 (V. y U.) de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, modificado por el DS Nº 75 (V. y U.) de 2001, por el DS Nº 217 (V. y U.) de 2002 y por el DS Nº 33 (V. y U.) de 2002; en los artículos 1º y 2º de la ley Nº 19.778 de 2001 que modificó la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en materia de planes reguladores, y lo dispuesto en la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República,

Resuelvo:

  1. - Déjase sin efecto la resolución Nº 60 de 30/06/2006 de Gobierno Regional del Bío Bío en razón a lo indicado en los considerandos 1, 2, 3 y 4 de esta resolución.

  2. - Apruébase el Plan Regulador Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo de conformidad a lo indicado en los siguientes documentos que lo conforman: Memoria Explicativa; Ordenanza y Planos PRICH-01 "Zonificación" y PRICH-02 "Vialidad Estructurante" de fecha octubre de 2006, confeccionados a escala 1:35.000 por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío Bío, documentos que por la presente resolución se aprueban.

    Los interesados podrán consultar y/o adquirir los antecedentes que conforman el presente Plan Regulador Intercomunal en el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Bío Bío.

  3. - Publíquese la presente resolución y el texto completo de la Ordenanza en el Diario Oficial de la República de Chile, un extracto de ambos en un diario de mayor circulación en la comuna, y

  4. - Archívense los planos PRICH-01 y PRICH-02 en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- María Soledad Tohá Veloso, Intendenta Región del Bío Bío.

    ORDENANZA

    PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL CHILLAN-CHILLAN VIEJO

TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1.1.1 a 8.9.1
CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES. Artículos 1.1.1 a 1.1.12
Artículo 1.1.1

El Plan Regulador Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo, en adelante el PRICH, está conformado por la presente Ordenanza; por la Memoria Explicativa y por los Planos PRICH-1 Zonificación General del Area Intercomunal, y PRICH-2 Vialidad Estructurante del Area Intercomunal, ambos a escala 1:35.000.

Todos los documentos mencionados constituyen un solo cuerpo legal para los efectos de su aplicación.

Artículo 1.1.2

Las disposiciones contenidas en esta Ordenanza se refieren a las siguientes materias: límite de extensión urbana; zonificación general; condiciones y densidades de ocupación del suelo; equipamientos de carácter intercomunal; actividades productivas e instalaciones de alto impacto; vialidad estructurante; y otras normas especiales de aplicación general para el área que regula. Las disposiciones de esta Ordenanza prevalecen sobre la información gráfica contenida en los planos.

Artículo 1.1.3

Todas aquellas materias atingentes al desarrollo urbano y territorial del Area de Planificación Intercomunal de las comunas de Chillán y Chillán Viejo que no se encontraren normadas por las disposiciones de la presente Ordenanza, se regirán por lo establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en el o los planes reguladores comunales y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.

Artículo 1.1.4

Las disposiciones contenidas en leyes especiales y sus reglamentos, que se refieran a materias y/o actividades reguladas en la presente Ordenanza, primarán sobre ésta.

Artículo 1.1.5

Las disposiciones de los planes reguladores comunales y seccionales se mantendrán plenamente vigentes, en tanto no contravengan las del presente PRICH. En caso contrario, las normas de este último, se entenderán automáticamente incorporadas a las de dichos instrumentos de planificación, como modificaciones.

Artículo 1.1.6

Los territorios del Area de Planificación Intercomunal de Chillán-Chillán Viejo que no dispongan de instrumentos de planificación urbana comunal serán regulados en forma supletoria por lo establecido en este PRICH. Una vez elaborados y aprobados los instrumentos locales que definan normas específicas para dichas áreas, sus normas reemplazarán automáticamente a aquellas definidas en el presente PRICH.

Artículo 1.1.7

Los planes reguladores comunales y seccionales podrán precisar y/o complementar lo dispuesto en este PRICH, en el sentido de detallar su zonificación y...

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