Decreto 2132 - APRUEBA ORDENANZA DEL TERMINAL RODOVIARIO DE VALPARAÍSO - MUNICIPALIDAD DE VALPARAISO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240294306

Decreto 2132 - APRUEBA ORDENANZA DEL TERMINAL RODOVIARIO DE VALPARAÍSO

EmisorMUNICIPALIDAD DE VALPARAISO
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA DEL TERMINAL RODOVIARIO DE VALPARAÍSO

Núm. 2.132.- Valparaíso, 2 de septiembre de 2008.- Vistos: El acuerdo Nº 142, de 13 de agosto de 2008, adoptado en la Vigésima Segunda Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de Valparaíso; la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; la resolución Nº 520, del año 1996, de la Contraloría General de la República; decreto alcaldicio Nº 1.373, de 2004, y en mi calidad de Alcalde de la I. Municipalidad de Valparaíso,

Decreto:

Apruébase la Ordenanza del Terminal Rodoviario de Valparaíso, cuyo tenor es el siguiente:

ORDENANZA TERMINAL RODOVIARIO DE VALPARAÍSO

Artículo 1

El Terminal Rodoviario de Valparaíso es un recinto que tiene por objeto y finalidad concentrar y centralizar todo el movimiento de transporte de pasajeros, de modo tal que las salidas de los distintos vehículos que presten dicho servicio, ya sea interurbanos, rurales e internacionales, se efectúen exclusivamente desde y hacia este recinto, salvo las excepciones que determine la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones V Región.

El servicio de transporte de pasajeros podrá ser prestado por personas naturales o personas jurídicas creadas al efecto.

Cada vez que se utilice en la presente Ordenanza el vocablo "empresa" se entenderá referido indistintamente a personas naturales o jurídicas.

Artículo 2

Las empresas autorizadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o por la Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones para prestar el servicio de transporte de pasajeros, sólo podrán operar en el Terminal Rodoviario una vez que se les haya notificado el respectivo decreto alcaldicio que así se lo permite.

Artículo 3

En el terminal de buses se contemplan dos áreas totalmente separadas y diferenciadas; por un lado, el denominado "Inmueble de Servicios al Pasajero", destinado al funcionamiento de las oficinas, módulos, servicios, venta de pasajes, y, en general, al desarrollo de actividades administrativas de las empresas prestadoras del servicio de transporte de pasajeros, sobre el cual existe un régimen de copropiedad, y, por otro, la denominada "Plataforma de Circulación", de propiedad y bajo administración de la Municipalidad de Valparaíso, consistente en una losa, compuesta por andenes y un patio de maniobras, destinada al uso de los vehículos de transporte de pasajeros autorizados a operar en el recinto, y por aquellos que sin tener estas características son utilizados por las empresas para desarrollar sus actividades. Respecto de esta última clase de vehículos, el administrador del recinto autorizará en cada caso la circulación de los mismos, siempre y cuando no entorpezcan el funcionamiento del terminal. Además, deberá llevar un registro de estas autorizaciones.

Sin perjuicio de la aplicación de la normativa legal y reglamentaria vigente en materia de tránsito y transporte público de pasajeros, la presente Ordenanza regula fundamentalmente el funcionamiento de la "Plataforma de Circulación" del Terminal Rodoviario.

Artículo 4

El recorrido de los vehículos de transporte de pasajeros dentro de la comuna, desde y hacia el Terminal Rodoviario, deberá efectuarse exclusivamente por las calles y caminos que determine la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la V Región.

Artículo 5

Corresponderá al Departamento de Bienes Municipales, o a la unidad municipal que en el futuro lo reemplace, supervisar y controlar el correcto funcionamiento de la "Plataforma de Circulación". El cumplimiento de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR