Decreto 796 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL CELULAR A LA EMPRESA TELEFONICA MOVIL DE CHILE S.A.
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL CELULAR A LA EMPRESA TELEFONICA MOVIL DE CHILE S.A.
Santiago, 13 de noviembre de 2002.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 796.- Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
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La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.
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El Nº 1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
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El decreto supremo Nº 114 de 1989, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
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Las resoluciones Nº 354, de 1988 y Nº 643, de 1997, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijan la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Celular que opera en la banda de 800 MHz.
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La resolución exenta Nº 587 de 15.05.2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 15.585 de 26.03.2001.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de la concesión.
D e c r e t o:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Celular, otorgada a la empresa Telefónica Móvil de Chile S.A., RUT Nº 96.786.140-5, con domicilio en calle Miraflores Nº 130, piso 14, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Instalar, operar y explotar siete (7) Estaciones Base, en la II Región:
CARACTERISTICAS TECNICAS DE LA ESTACIONES BASE
Bandas de Frecuencias Tipo de Emisión
[MHz]
Tx: 869,0-880,0 Rx: 824,0-835,0 30K0F3EJN/
30K0G7EET (Voz)
890,0-891,5 845,0-846,5 30K0F1DFN/
30K0G7DET (Datos)
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 14.12.2002. PAGINA 15
Detalles del Sistema Radiante.
Nota 1 = 6 Antenas direccionales de 13,3 dBd de ganancia
máxima y 3 antenas direccionales de 13,5 dBd de
ganancia máxima.
Nota 2 = 9 Antenas direccionales de 13,5 dBd de ganancia
máxima.
Nota 3 = 9 Antenas direccionales de 16 dBd de ganancia
máxima.
Nota 4 = 3 Antenas direccionales de 8,5 dBd de ganancia
máxima.
Las Estaciones Base que se autorizan, se conectarán a la red existente, a través de medios propios o arrendados a terceros.
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Los plazos...
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