Decreto núm. 100, publicado el 08 de Septiembre de 1983. APRUEBA PLAN REGULADOR COMUNAL DE TEMUCO
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA PLAN REGULADOR COMUNAL DE TEMUCO
Santiago, 14 de Julio de 1983.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 100.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 2º y 9º de la Ley Nº 16.391 y 12º letra i) del D.L. Nº 1.305 de 1976; los artículos 41º al 44º y 54º del D.F.L.
Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 550 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización; el decreto alcaldicio Nº 290, de 16 de Septiembre de 1982, de la Ilustre Municipalidad de Temuco; el ordinario Nº 024, de 13 de Febrero de 1982, de SENDOS IX Región: el ordinario Nº 519, de 5 de Octubre de 1982, de la Subsecretaría de Agricultura; el ordinario Nº 054, de 27 de Enero de 1983, de la Secretaría Ministerial de la Vivienda y Urbanismo IX Región de La Araucanía; el ordinario Nº 161, de 23 de Mayo de 1983, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y, los demás antecedentes que se acompañan.
Decreto:
Apruébase el nuevo Plan Regulador Comunal de Temuco, en conformidad a lo indicado en la Memoria Explicativa, el Estudio de Factibilidad Infraestructura Sanitaria, la Ordenanza Local y el Plano denominado "Plano Regulador Temuco", confeccionado a escala 1:10.000, documentos que por el presente decreto se aprueban.
El texto de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Temuco que se aprueba es el siguiente;
La presente Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Temuco, contiene las disposiciones normativas que orientan el uso del suelo, las condiciones de edificación y urbanización en el área territorial definida por el límite urbano y graficada en el plano del mismo nombre.
Esta Ordenanza y el plano identificado, conforman un solo cuerpo legal, primando no obstante las disposiciones de este documento normativo sobre la información gráfica contenida en el plano.
Todas aquellas materias atingentes al desarrollo urbano que no se norman expresamente en la presente Ordenanza se rigen por las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización y demás disposiciones pertinentes.
Corresponderá a la Dirección de Obras Municipales de Temuco la responsabilidad de la aplicación de las normas de la presente Ordenanza y a la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo IX Región de La Araucanía, la supervigilancia de su cumplimiento e interpretación técnica de estas disposiciones.
La inobservancia de las normas establecidas en esta Ordenanza será sancionada según lo prescrito en los artículos 20º al 26º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de toda otra disposición que se dicte sobre la materia.
El límite urbano del área territorial del Plan Regulador de Temuco está definido por la línea poligonal cuyo trazado se rige por los siguientes puntos y tramos:
Punto Definición del Tramo Definición del
Punto Tramo
A Ubicado en el eje de
la Avda. Rudecindo
Ortega a 940 m. al
Nor-Oriente de la
intersección de los
ejes de la Avda.
mencionada y de
calle Lienan.
B Ubicado en unA perpen-
dicular al eje de la
Avda. Rudecindo Ortega
levantada en el punto
A y a 1.350 m. al Sur
Oriente de dicho punto.
Para los efectos del
Límite Urbano a esta
distancia se considera
el eje del cauce del
río Cautín. A-B Línea Recta ima-
ginaria perpen-
dicular al eje de
la Avda. Rudecindo
Ortega, 940 m. al
Nor-Oriente de la
intersección del
eje de dicha calle
con el de calle
Lienan.
C Ubicado en la inter-
sección de la pro-
longación imaginaria
al Sur del eje de la
calle Matta con el
eje del cauce del
río Cautín. B-C Línea sinuosa ima-
ginaria corres-
pondiente al eje
del cauce del río
Cautín.
D Ubicado en la inter-
sección de la prolon-
gación imaginaria al
Sur del eje de calle
Matta con el eje del
camino a Huichahue. C-D Línea recta ima-
ginaria corres-
pondiente a la
prolongación al
Sur del eje de
calle Matta.
E Ubicado en el eje
del camino a Huicha-
hue a 850 m. al Sur
Oriente del eje de
calle Araucanos. D-E Línea sinuosa co-
rrespondiente al
eje del camino a
Huichahue.
F Ubicado en el eje de
la Ruta 5 a 1.000 m.
al Sur de la interse-
cción de los ejes del
camino al aeropuerto
con Ruta 5. E-F Línea recta ima-
ginaria que une
los puntos E y F.
G Ubicado en el centro
geométrico del puente
de la Ruta 5 sobre el
río Cautín. F-G Eje de la Ruta 5.
H Ubicado en la inter-
sección del eje del
cauce del río Cautín
con una perpendicular
levantada en el eje
de la línea del FF.CC.
a Imperial a 4.100 m.
al Sur Poniente de la
intersección de dicho
eje con el de calle
Uruguay. G-H Línea sinuosa ima-
ginaria corres-
pondiente al eje
del cauce del río
Cautín.
I Ubicado en el eje de
la línea férrea a
4.100 m. al Sur
Poniente de la inter-
sección de dicho eje
con el de calle
Uruguay. H-I Línea recta ima-
ginaria perpen-
dicular a la línea
férrea a 4.100 m.
al Sur Poniente de
la intersección
del eje de dicha
línea con el eje
de calle Uruguay.
J Ubicado en la inter-
sección del eje del
camino a Botrolhue
con una pendicular a
la línea férrea levan-
tada en el punto I I-J Línea imaginaria
que une los puntos
I-J.
K Ubicado en el eje del
camino a Botrolhue a
1.350 m. al Poniente
del eje de calle Los
Andes en su cruce con
calle Luis Durand. J-K Eje del camino a
Botrolhue.
L Ubicado en la intersec-
ción de una paralela
al eje de Avda. Javie-
ra Carrera pasada por
el punto K con la para-
lela imaginaria al eje
del camino a Chol-Chol,
200 m. al Norte de di-
cho eje. K-L Línea recta ima-
ginaria paralela
al eje de Avda.
Javiera Carrera,
1.350 m. al Po-
niente del cruce
de los ejes de
las calles Los
Andes con Luis
Durand.
M Ubicado en la intersec-
ción de una paralela
al eje de Avda. Pedro
de Valdivia a 200 m.
al Norte de dicho eje,
con la intersección
de una paralela al
eje de Cristóbal
Colón, a 200 m. al
Norte de dicho eje. L-M Línea sinuosa
imaginaria para-
lela al eje de
Avda. Pedro de
Valdivia, 200 m.
al Norte de di-
cho eje.
N Ubicado en la inter-
sección de una para-
lela al eje de calle
Cristóbal Colón, 200
m. al Norte de dicho
eje, con una paralela
al eje de calle Re-
creo, 200 m. al Po-
niente de dicho eje. M-N Línea recta ima-
ginaria paralela
al eje de calle
Cristóbal Colón,
200 m. al Norte
de dicho eje.
Ñ Ubicado en la inter-
sección de una para-
lela al eje de calle
Recreo, 200 m. al Po-
niente de dicho eje
con la proyección
al Poniente del eje
de calle Chauilco. N-Ñ Línea recta que-
brada paralela
al eje de calle
Recreo, 200 m.
al Poniente de
dicho eje.
O Ubicado en la intersec-
ción de la proyección
al Oriente del eje
de calle Chauilco con
una paralela al eje
de calle San Fernando,
trazada 100 m. al
Oriente de dicho
eje. N-O Eje de calle
Chahuilco y su
prolongación
imaginaria al
Poniente y
Oriente.
P Ubicado en la inter-
sección de una para-
lela al eje de calle
San Fernando, 100 m.
al Oriente de dicho
eje, con una parale-
la al eje de calle
Francisco Poblete,
100 m. al Norte de
dicho eje. O-P Línea recta ima-
ginaria paralela
al eje de calle
San Fernando, 100
m. al Oriente de
dicho eje.
Q Ubicado en la inter-
sección de la pro-
longación imaginaria
al Nor-Oriente del
eje de calle Hochs-
tetter con una para-
lela al eje de calle
Francisco Poblete,
100 m. al Norte de
dicho eje. P-Q Línea recta ima-
ginaria paralela
al eje de calle
Francisco Po-
blete, 100 m. al
Norte de dicho
eje.
R Ubicado en la inter-
sección del eje de
Avda. Prieto con el
eje de la calle del
cerro Ñielol. Q-R Línea recta ima-
ginaria que une
los puntos Q y R.
S Ubicado en el vértice
Sur-Poniente del
límite de propiedad
del cerro Ñielol. R-S Eje de la calle
del cerro Ñielol.
T Ubicado en el límite
Oriente de la propie-
dad del cerro Nielol
a 300 m. al Norte
de su vértice
Sur-Oriente. S-T Línea quebrada
correspondiente
al límite de la
propiedad del
cerro Nielol.
U Ubicado en la intersec-
ción de una paralela
a la prolongación
imaginaria al Norte-
Poniente del eje de
calle Pérez Rosales,
a 350 m. al Sur Po-
niente de dicho eje
con una paralela al
eje del estero Temu-
co, 300 m. al Norte
de ese eje. T-U Línea sinuosa pa-
ralela al eje del
estero Temuco.
300 m. al Nor-
Poniente de dicho
eje.
V Ubicado en la intersec-
ción de una paralela
al eje de calle Pérez
Rosales, 350 m. al
Nor-Poniente de dicho
eje, con una perpendi-
cular al eje de Avda.
Rudecindo Ortega le-
vantada a 1.400 m.
al Sur del punto A. U-V Línea recta ima-
ginaria paralela
al eje de calle
Pérez Rosales,
350 m. al Nor-
Poniente de dicho
eje.
W Ubicado en una perpen-
dicular al eje de
Avda. Rudecindo
Ortega a 670 m. al
Nor-Poniente de
dicho eje. La
perpendicular está
levantada a 550 m.
al Sur del punto
A. V-W Línea recta ima-
ginaria que une
los puntos V y W.
X Ubicado en una per-
pendicular al eje
de Avda. Rudecindo
Ortega levantada
en el punto A, a
400 m. al Nor-Po-
niente de dicho
eje. W-X Línea recta ima-
ginaria que une
los puntos W y X.
X-A Línea recta ima-
ginaria per-
pendicular al eje
de Avda. Rude-
cindo Ortega
levantada en el
punto A.
Subdivisión, Edificación y Urbanización
Para los efectos de la aplicación de la presente Ordenanza, el territorio definido en el...
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