Decreto 3075 - MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 3.075.- La Granja, 30 de diciembre de 1999.- Vistos:
El decreto alcaldicio N°2.193 de 1997, que aprobó la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales;
El decreto alcaldicio N°2.666 de 1998, que aprobó Modificación al N°3 del Art. 13 de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales;
El oficio N°822 de fecha 20 de diciembre de 1999, de la Directora de Finanzas; el memorándum N°202 de fecha 9 de diciembre de 1999, del Director de Tránsito; el memorándum N°280 de fecha 4 de diciembre de 1999 del Director de Obras Municipales, en los que se sugiere modificaciones a la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales;
El acuerdo N°346 A de fecha 29 de diciembre de 1999, del Concejo Municipal que aprueba la proposición de modificaciones a la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales, presentada por el Alcalde;
Y, vistos además, las facultades que me confiere el art. 56° de la ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
D e c r e t o:
Introdúcense al texto vigente de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales las siguientes modificaciones:
Derechos Municipales sobre Transporte, Tránsito y Vehículos
Art. 10°.-
1. A continuación de Licencia Clase A-1 ''se agrega...'' y A- 2".
2. A continuación de la palabra ''licencia'' se elimina ''A- 2''.
8. Se elimina
9. Se elimina
10. A continuación de la palabra ''Licencia'', se elimina ''A- 2''.
11. Se elimina
12. A continuación de ''Certificados de'', se elimina ''Trámite de antecedentes o''
17. A continuación de ''para practicar por'', se cambia ''trimestre'' por ''semestre'' y el guarismo ''2'' por ''1''.
27. En el párrafo final a continuación de ''pasar más de'' se cambia ''seis'' por ''tres''.
Derechos municipales relacionados con las patentes por ejercicio transitorio de actividades recreativas
Art. 12°.-
Funcionamiento de circos y parques de entretenciones por cada día y por m2., se eleva el derecho de 0,0002 UTM a 0,0003 UTM.
Derechos relativos a concesiones y permisos por construcciones o instalaciones en bienes nacionales de uso público
Art. 13°.-
6. Funcionamiento de circos por día por m2 ocupado, se eleva de 0,0002 UTM a 0,0003 UTM.
7. Puesto de expendio de frutas de temporada, por mes o fracción, por m2 o fracción ocupado, se rebaja de 0,20 UTM a 0,05 UTM.
8. Parques de entretenciones por día, por m2...
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