Decreto núm. S/N, publicado el 30 de Enero de 2019. ESTABLECE HORARIOS PARA EL EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS - MUNICIPALIDAD DE CURACAUTÍN - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 760306545

Decreto núm. S/N, publicado el 30 de Enero de 2019. ESTABLECE HORARIOS PARA EL EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE CURACAUTÍN
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE HORARIOS PARA EL EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS

Curacautín, 31 de diciembre de 2018.- Hoy se ha decretado lo siguiente:

Vistos:

  1. - La ley Nº 19.925 de fecha 19 de enero de 2004, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, y las modificaciones posteriores de la ley Nº 20.033, de 2005;

  2. - La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones;

  3. - El decreto ley Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales;

  4. - El Acuerdo Nº 185/2018 del Concejo Municipal, de fecha 28 de diciembre de 2018, que aprueba el texto de la Ordenanza de Alcoholes de la comuna de Curacautín;

  5. - Lo dispuesto en el artículo 12 inciso , 56, 63 letra i) y 65 letra l) todos de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Considerando:

  6. - La necesidad de ordenar los horarios de venta y consumo de bebidas alcohólicas en nuestra comuna, entendiéndose que puede perfectamente existir tanto desde el punto de vista del turismo, del comercio y de la prevención de éste, a través de una política coherente e integral.

    Decreto:

  7. - Apruébase la ordenanza que establece horarios para el expendio de bebidas alcohólicas de la comuna de Curacautín, cuyo texto íntegro se encuentra en la página web de la Municipalidad www.mcuracautin.cl.

  8. - La ordenanza que establece horarios para el expendio de bebidas alcohólicas de la comuna de Curacautín, comenzará a regir una vez efectuada su publicación.

  9. - Publíquese un extracto de la ordenanza que establece horarios para el expendio de bebidas alcohólicas de la comuna de Curacautín en el Diario Oficial de la República, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48º, letra a) de la ley Nº 19.880 y en la página web institucional.

    Anótese, comuníquese y transcríbase la ordenanza municipal completa a todas las Direcciones y Unidades...

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