Decreto núm. 98, publicado el 11 de Diciembre de 2018. DESAFECTA DE SU CALIDAD DE TAL LA RESERVA NACIONAL LAGO JEINIMENI Y LA RESERVA FORESTAL LAGO COCHRANE Y CRÉASE EL PARQUE NACIONAL PATAGONIA, EN LAS COMUNAS DE CHILE CHICO Y COCHRANE, PROVINCIAS GENERAL CARRERA Y CAPITÁN PRAT, REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO. DEJA SIN EFECTO DECRETO SUPREMO Nº 3, DE 26 DE ENERO DE 2018, DEL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES - MINISTERIO DE BIENES NACIONALES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 748681693

Decreto núm. 98, publicado el 11 de Diciembre de 2018. DESAFECTA DE SU CALIDAD DE TAL LA RESERVA NACIONAL LAGO JEINIMENI Y LA RESERVA FORESTAL LAGO COCHRANE Y CRÉASE EL PARQUE NACIONAL PATAGONIA, EN LAS COMUNAS DE CHILE CHICO Y COCHRANE, PROVINCIAS GENERAL CARRERA Y CAPITÁN PRAT, REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO. DEJA SIN EFECTO DECRETO SUPREMO Nº 3, DE 26 DE ENERO DE 2018, DEL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyDecreto

DESAFECTA DE SU CALIDAD DE TAL LA RESERVA NACIONAL LAGO JEINIMENI Y LA RESERVA FORESTAL LAGO COCHRANE Y CRÉASE EL PARQUE NACIONAL PATAGONIA, EN LAS COMUNAS DE CHILE CHICO Y COCHRANE, PROVINCIAS GENERAL CARRERA Y CAPITÁN PRAT, REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO. DEJA SIN EFECTO DECRETO SUPREMO Nº 3, DE 26 DE ENERO DE 2018, DEL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES

Núm. 98.- Santiago, 25 de octubre de 2018.

Vistos:

Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 19 Nos 8 y 32, de la Constitución Política de la República; la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el decreto ley Nº 1.939, de 1977; el DS Nº 531, de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como Ley de la República la "Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América", suscrita en Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, el 12 de octubre de 1940; el DS Nº 868 de 1981 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como Ley de la República, el convenio sobre "Conservación de Especies Migratorias de la Fauna Salvaje"; el decreto supremo Nº 1.963 de 1994 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que ordenó cumplir como Ley de la República, el "Convenio sobre Diversidad Biológica"; el decreto supremo Nº 327, de 1 de junio de 1967, modificado por el decreto supremo Nº 39 de 6 de junio de 1967, ambos del Ministerio de Agricultura, que creó la Reserva Forestal "Lago Cochrane"; el decreto supremo Nº 219 de 1998, del Ministerio de Bienes Nacionales, que creó la Reserva Nacional "Lago Jeinimeni"; la donación efectuada por las sociedades Rio Baker LLC y Valle Chac LLC; la resolución Nº 17, de 22 de diciembre de 2017, de la Subsecretaría de Bienes Nacionales; la resolución Nº 2.317, de 15 de diciembre de 2017, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura; la resolución exenta Nº 151 de 3 de octubre de 2018, de la Dirección de Fronteras y Límites del Estado; el acuerdo Nº 14/2017 adoptado en Sesión Extraordinaria del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, de fecha 10 de abril de 2017, complementado por acuerdo Nº 22/2018 adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 25 de octubre de 2018, y; la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, la protección del medio ambiente y elevar el estándar de protección de las áreas existentes.

Que, por mandato del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en noviembre de 2015 se constituyó una Mesa Técnica Intersectorial (MTI), coordinada por el Ministerio del Medio Ambiente e integrada por los Ministerios del Interior y Seguridad Pública, Bienes Nacionales, la Subsecretaría de Turismo y la Corporación Nacional Forestal, cuyo objetivo fue elaborar un programa de trabajo que apuntara en primer término a concretar los traspasos de tierras privadas al Fisco y a crear las condiciones legales necesarias para la creación de nuevas áreas protegidas del Estado, a objeto de incrementar las ya existentes.

Que, con fecha 15 de marzo de 2017 se suscribió un Protocolo de Acuerdo entre el Estado de Chile y las entidades donantes relacionadas al ecologista Douglas Tompkins, cuyo objeto fue gestionar y materializar el conjunto de objetivos y acciones que integran el proyecto "Red de Parques de la Patagonia Chilena", sobre la base de un trabajo conjunto y coordinado entre las partes, que involucraba la donación de propiedades privadas y el compromiso del Estado de incluir propiedad fiscal en los nuevos parques y en los ya existentes, así como la de proceder a la recategorización de áreas protegidas que no tuviesen el estándar de protección de parque nacional.

Que, con fecha 27 de marzo de 2017, las entidades donantes presentaron al Gobierno de Chile una oferta de donación modal de inmuebles de su propiedad, que en su conjunto conformaban una superficie total aproximada de 407.625 hectáreas, ubicadas en las Regiones de Los Lagos, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y de la Antártica Chilena, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 inciso segundo del decreto ley Nº 1.939 de 1977.

Que, en cumplimiento del compromiso del Estado de concretar una Red de Parques Nacionales de la Patagonia Chilena, entre las regiones citadas en el considerando precedente, se perfeccionaron administrativamente las donaciones, que para el caso del Parque Nacional Patagonia, consta en la resolución Nº 17, de 22 de diciembre de 2017, de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, por medio de la cual se aceptó la donación modal que hicieron las sociedades Rio Baker LLC y Valle Chac LLC, respecto de 21 inmuebles ubicados en las comunas de Chile Chico y Cochrane, provincias...

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