Decreto núm. 932, publicado el 12 de Enero de 2018. EXCLUYE AL SÍNDICO CÉSAR GABRIEL ORTIZ D'AMICO DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 700913601

Decreto núm. 932, publicado el 12 de Enero de 2018. EXCLUYE AL SÍNDICO CÉSAR GABRIEL ORTIZ D'AMICO DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto

EXCLUYE AL SÍNDICO CÉSAR GABRIEL ORTIZ D'AMICO DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Núm. 932.- Santiago, 26 de octubre de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 326 y N° 10 de la Constitución Política de la República; en el Libro IV del Código de Comercio; en el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; en el decreto N° 111, de 2002, del Ministerio de Justicia, que Nombra e Incluye a Persona que Indica en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en la resolución exenta N° 5.595, de 2016, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento; los oficios Electr. SIR N° 1850 y N° 3274, de 2016, N° 2952, y N° 4912, de 2017, todos de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, y

Considerando:

  1. - Que, por decreto N° 111, de 2002, del Ministerio de Justicia, se nombró a don César Gabriel Ortiz D'Amico, RUN N° 11.436.284-0, como Síndico Privado de Quiebras y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto N° 1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia.

  2. - Que, consta de los oficios Electr. SIR N° 1850, de 2016, y N° 2952, de 2017, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que el síndico aludido fue citado a rendir examen de conocimientos a rendirse los días 3 de junio de 2016 y 13 de junio de 2017, ausentándose en ambas oportunidades, sin causa justificada, entendiéndose reprobado para todos los efectos legales, de conformidad con lo dispuesto en el Instructivo S.Q. N° 1, de 28 de abril de 2011, informándole de dicha situación mediante oficios Electr. SIR N° 3274, de 2016, y N° 4912, de 2017, de la señalada Superintendencia.

  3. - Que, por oficio Electr. SIR N° 6677, de 14 de septiembre de 2017, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, se comunicó a esta Cartera de Estado la situación del síndico en comento, con la finalidad de decretar su exclusión y su eliminación de la Tercera Nómina Nacional de Síndicos.

  4. - Que, conforme lo dispuesto en los artículos primero y noveno transitorios de la ley N° 20.720, que sustituye el sistema concursal, las quiebras, convenios y cesiones de bienes vigentes a la fecha de entrada en vigencia de dicho cuerpo normativo, se rigen por las normas contenidas en el Libro IV del Código de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR