Decreto núm. 92, publicado el 03 de Septiembre de 2015. ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DEL QUINCUAGÉSIMO SEXTO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 35, CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 581842254

Decreto núm. 92, publicado el 03 de Septiembre de 2015. ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DEL QUINCUAGÉSIMO SEXTO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 35, CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

ENTRADA EN VIGOR CON LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DEL QUINCUAGÉSIMO SEXTO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 35, CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE

Núm. 92.- Santiago, 6 de julio de 2015.

Vistos:

Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso noveno, de la Constitución Política de la República y el decreto supremo 71 de 4 de mayo de 2011, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Considerando:

Que por decreto supremo Nº 71, de 4 de mayo de 2011, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se promulgó el Quincuagésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, celebrado entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en su condición de Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), por una parte, y la República de Chile, por la otra, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 30 de diciembre de 2010, el cual fue publicado en el Diario Oficial de 21 de septiembre de 2011.

Que el referido decreto indicaba, además, la entrada en vigor del aludido Protocolo Adicional entre la República de Chile, la República Oriental del Uruguay y la República Argentina.

Que habiendo cumplido la República del Paraguay con lo previsto en el Artículo 3 del mencionado Protocolo Adicional, éste entró en vigor entre la República Chile y la República del Paraguay el 28 de mayo de 2015,

Decreto:

Artículo único

Decrétase la entrada en vigor entre la República de Chile y la República del Paraguay del Quincuagésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, celebrado entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en su condición de Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), por una parte, y la República de Chile, por la otra, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 30 de diciembre de 2010.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones...

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