Decreto núm. 912, publicado el 28 de Octubre de 2016. PRORROGA LA DECLARACIÓN DE ZONA DE CATÁSTROFES DE LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DE COQUIMBO Y VALPARAÍSO QUE INDICA; DISPONE LAS MEDIDAS DE EXCEPCIÓN QUE INDICA - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 652074101

Decreto núm. 912, publicado el 28 de Octubre de 2016. PRORROGA LA DECLARACIÓN DE ZONA DE CATÁSTROFES DE LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DE COQUIMBO Y VALPARAÍSO QUE INDICA; DISPONE LAS MEDIDAS DE EXCEPCIÓN QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

PRORROGA LA DECLARACIÓN DE ZONA DE CATÁSTROFES DE LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DE COQUIMBO Y VALPARAÍSO QUE INDICA; DISPONE LAS MEDIDAS DE EXCEPCIÓN QUE INDICA

Núm. 912.- Santiago, 17 de junio de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 32°, N° 6, de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto supremo N° 104, de 29 de enero de 1977, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I, de la ley N° 16.282, sobre disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes y sus modificaciones; en las leyes N° 20.882 y 20.890, de Presupuestos para el Sector Público, correspondiente al año 2016; en los decretos supremos N° 234, de 28 de febrero de 2012, N° 856, de 6 de agosto de 2012, N° 105, de 28 de enero de 2013, N° 133, de 1 de febrero de 2013, N° 675, de 25 de junio de 2013, N° 1422, de 29 de julio de 2014, N° 1.523, de 22 de agosto de 2014, N° 1.776, de 28 de octubre de 2014, y N° 815, de 23 de junio de 2015, todos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que los valles interiores de las diversas comunas de la Región de Valparaíso y de todas las comunas de la Región de Coquimbo, han debido enfrentar una intensa y prolongada sequía, resultando fuertemente afectados los sectores agrícolas, productivos, ganadero, de la pequeña minería, de riego y de producción hidroenergética, entre otros, fundamentalmente debido a la reducción del caudal aportante desde las cuencas hidrológicas afluentes a los cauces o cursos de agua que abastecen los centros poblados, agravando las condiciones de vulnerabilidad socioeconómica en las regiones citadas.

  2. - Que la sequía es un fenómeno de lento desarrollo y amplia cobertura espacial, resultando difícil cuantificar el daño, precisar su duración y extensión física mientras dura el fenómeno. Sus dimensiones pueden ser determinadas con mayor exactitud, desde una perspectiva histórica, una vez que la sequía ha finalizado. Esta situación dificulta la adopción de medidas durante su desarrollo.

  3. - Que, existe una serie de índices que permiten establecer la severidad de una sequía en función de su intensidad, de su duración o de su extensión territorial que impactan en los ámbitos sociales, ambientales y económicos del país.

  4. - Que, mediante decreto supremo N° 234, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 28 de febrero de 2012, se declaró como afectadas por la catástrofe derivada de la sequía que ha asolado la zona centro-norte del país, a las comunas de La Ligua, Cabildo y Petorca, todas de la provincia de Petorca, de la Región de Valparaíso.

  5. - Que, por su parte, el decreto supremo N° 856, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 6 de agosto de 2012, y por estar igualmente perjudicadas por el fenómeno climático aludido, declaró como afectadas por la catástrofe a la provincia de Limarí y a las comunas de Salamanca, Illapel, Canela, Andacollo y La Higuera, todas de la Región de Coquimbo.

  6. - Que, el decreto supremo N° 105, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 28 de enero de 2013, amplió la declaración de catástrofe dispuesta por el citado decreto N° 856, de 2012, a contar de la misma fecha de este último acto administrativo, a las comunas de Los Vilos, de la provincia de Choapa y a las comunas de Paihuano, Vicuña, Coquimbo y La Serena, de la provincia de Elqui, todas de la Región de Coquimbo.

  7. - Que, por decreto supremo N° 133, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha de 1 de febrero de 2013, se extendió la vigencia de la declaración de zona afectada por la catástrofe, dispuesta en relación a las comunas de La Ligua, Cabildo y Petorca, todas de la provincia de Petorca, de la Región de Valparaíso, por el decreto supremo N° 234, de 2012, por el lapso de doce meses, plazo que rige, en consecuencia, hasta el 28 de febrero de 2014.

  8. - Que, por decreto supremo N° 675, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 25 de junio de 2013, se extendió la vigencia de la declaración de zona afectada por la catástrofe dispuesta por el decreto N° 856, de 2012, ampliado por el decreto N° 105, de 2013, en relación a las comunas señaladas en dichos decretos, disponiendo además, medidas de alivio tributario para el pago de la patente anual para pequeños mineros y mineros artesanales de las comunas afectadas de las Regiones de Coquimbo y Valparaíso, cuyas concesiones mineras fueran iguales o menores a 100 hectáreas de superficie.

  9. - Que, mediante el decreto supremo N° 1.422, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 29 de julio de 2014, se declaró como afectadas por la catástrofe derivada de la sequía a las comunas de La Ligua, Cabildo y Petorca, todas de la provincia de Petorca, de la Región de Valparaíso.

    Asimismo, se extendió la vigencia de la declaración de zona afectada por la...

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