Decreto núm. 9, publicado el 07 de Junio de 2019. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 394, DE 1993, DEL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN, EN EL SENTIDO QUE INDICA - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 791070869

Decreto núm. 9, publicado el 07 de Junio de 2019. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 394, DE 1993, DEL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN, EN EL SENTIDO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 394, DE 1993, DEL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN, EN EL SENTIDO QUE INDICA

Núm. 9.- Santiago, 3 de abril de 2019.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica cuerpos legales que indica; en la Ley Nº 19.253, que Establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; en el decreto supremo Nº 394, de 1993, del Ministerio de Planificación y Cooperación, que Aprueba reglamento para la aplicación de los artículos 68 permanente y 12 transitorio de la ley Nº 19.253; en el decreto supremo Nº 263, de 1999, del Ministerio de Planificación y Cooperación, que deroga decreto Nº 464, de 1994, y aprueba reglamento del artículo 41 de la ley Nº 19.253; en el artículo 6 Nº 1 letra a) y Nº 2 del Convenio Nº 169 Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo, promulgado por el decreto supremo Nº 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo Nº 66, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que Aprueba reglamento que regula el procedimiento de consulta indígena en virtud del artículo 6 Nº 1, letra a) y Nº 2 del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo y deroga normativa que indica; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y en las demás normas aplicables;

Considerando:

Que, la ley Nº 19.253 en su artículo 67 creó la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua, en adelante la "Comisión";

Que, el inciso primero del artículo 68 de la ley Nº 19.253, en lo sucesivo la "Ley", establece que "La Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua estará integrada por un representante de los Ministerios de Planificación y Cooperación, Educación, Bienes Nacionales y Defensa Nacional; por un...

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