Decreto núm. 8888, publicado el 15 de Enero de 2018. DECLARA PROPIEDAD ABANDONADA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES |
Rango de Ley | Decreto |
DECLARA PROPIEDAD ABANDONADA
Núm. 8.888 Secc. 1ª.- Las Condes, 22 de diciembre de 2017.
Vistos y teniendo presente:
El Ingreso Insp. N° 1917/2017; El decreto alcaldicio Sección 1ª N° 6936, de fecha 20.09.2017, que otorgó plazo para efectuar la limpieza e higiene, y las acciones requeridas para mantener en adecuadas condiciones la propiedad, la visita efectuada por profesionales del Departamento de Inspección de la Dirección de Obras a la propiedad ubicada en Luis Matte Larraín N° 911, Rol de Avalúo 3028-17, perteneciente al Sr. Juan Wojat Kibit, con domicilio desconocido; donde se verificó el incumplimiento del decreto mencionado, que otorgó un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar la limpieza y las acciones requeridas para mantener adecuadas condiciones del predio; las fotografías que constatan dicho incumplimiento; el Inf. Dom N° 203, de fecha 11.11.2017 de la Directora de Obras; el decreto Sección 1ª N° 4.949, de fecha 20.12.2010; el artículo 2.5.1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo dispuesto en los artículos 45 inciso 3°, 48 letra c) e inciso final y 49 de la Ley N° 19.880; el artículo 8 de la Ley 17.235 sobre Impuesto Territorial; el artículo 58 bis de la Ley de Rentas Municipales y en uso de las facultades que me confieren los Arts. 56 y 63 del DFL N° 1 del Ministerio del Interior, de fecha 9 de mayo de 2006, publicada en el Diario Oficial de 26 de julio de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,
Decreto:
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- Declárase "Propiedad Abandonada" la propiedad ubicada en calle Luis Matte Larraín N° 911, Rol de Avalúo 3028-17, perteneciente al Sr. Juan Wojat Kibit, con domicilio desconocido.
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- Lo anterior, por no haber dado cumplimiento con lo señalado en el decreto Sección 1ª N° 6936 de fecha 20.09.2017, que otorgo un plazo de 30 días corridos, para efectuar faenas de limpieza e higiene, y las acciones requeridas para mantener en adecuadas condiciones la propiedad.
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- La Municipalidad procederá por cargo y cuenta del propietario, a ejecutar la higiene y mantención general del predio y la ejecución del cierre perimetral, sin más trámite.
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-. Notifíquese al Servicio...
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