Decreto núm. 879 EXENTO, publicado el 18 de Agosto de 2016. APRUEBA PLAN DE ESTUDIO DE QUINTO A OCTAVO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DE QUINTO Y SEXTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA, PARA ESTABLECIMIENTOS QUE IMPARTAN LA ASIGNATURA DE LENGUA INDÍGENA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 647225889

Decreto núm. 879 EXENTO, publicado el 18 de Agosto de 2016. APRUEBA PLAN DE ESTUDIO DE QUINTO A OCTAVO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DE QUINTO Y SEXTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA, PARA ESTABLECIMIENTOS QUE IMPARTAN LA ASIGNATURA DE LENGUA INDÍGENA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PLAN DE ESTUDIO DE QUINTO A OCTAVO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DE QUINTO Y SEXTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA, PARA ESTABLECIMIENTOS QUE IMPARTAN LA ASIGNATURA DE LENGUA INDÍGENA

Núm. 879 exento.- Santiago, 12 de agosto de 2016.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 3° de la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación y sus modificaciones; en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 20.370 con las Normas No Derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005; en los decretos supremos N os 40 y 520, ambos de 1996, del Ministerio de Educación; en el decreto supremo N° 280, de 2009, del Ministerio de Educación; en el decreto supremo N° 13.057, de 1969, sobre Materias que serán Suscritas por las Autoridades que se indican con la Fórmula "Por orden del Presidente"; en el decreto exento N° 2.960, de 2012, del Ministerio de Educación; en el decreto exento N° 169, de 2014, del Ministerio de Educación; en los acuerdos Nos 63, de 2015 y 30, de 2016, ambos del Consejo Nacional de Educación, y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas Sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;

Considerando:

Que, el decreto supremo N° 439, de 2011, del Ministerio de Educación, establece las Bases Curriculares de 1° a 6° año básico para las asignaturas de Lenguaje y Comunicación; Matemática; Historia, Geografía y Ciencias Sociales; Ciencias Naturales; e Idioma Extranjero Inglés.

Que, el decreto supremo N° 433, de 2012, del Ministerio de Educación, establece las Bases Curriculares de 1° a 6° año básico para las asignaturas de Educación Física y Salud; Música; Artes Visuales; Orientación; y Tecnología.

Que, el artículo 3° del mencionado decreto supremo N° 433, dispone que los planes y programas de estudio que elabore el Ministerio de Educación de acuerdo a las bases curriculares respectivas, deberán aplicarse en los plazos que determine dicha Secretaría de Estado en el decreto que los apruebe.

Que, el...

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