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Decreto núm. 876 EXENTO, publicado el 06 de Diciembre de 2019. MODIFICA DE OFICIO CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CASABLANCA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DE OFICIO CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CASABLANCA

Santiago, 13 de noviembre de 2019.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 876 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley;

  3. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;

  4. El decreto supremo Nº 126 de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora, en adelante el Reglamento;

  5. La resolución exenta Nº 479 de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora, y

  6. El decreto supremo Nº 963 de 16.10.2007, que otorgó la concesión, transferida a su actual titular mediante decreto Nº 130 de 03.08.2018, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

  7. Que, mediante el decreto señalado en la letra f) de los Vistos, se otorgó una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Casablanca, Región de Valparaíso, señal distintiva XQB-386, a Comunicaciones e Inversiones César Ramos Silva E.I.R.L. asignándosele la frecuencia 97,7 MHz;

  8. Que, esta Subsecretaría ha tomado conocimiento de los problemas de interferencia que afecta a la concesión singularizada en el punto anterior, ocasionados por la operación de concesiones autorizadas tanto en la Región Metropolitana como en la localidad de La Calera, operando en cocanal;

  9. Lo informado por la División Fiscalización de la Subsecretaría de Telecomunicaciones mediante Memorando Nº 11.486/F61, de 9 de abril de 2019, que informa de los resultados, contenidos en el Informe Técnico DO 28.774/F61, de 2 de abril de 2019, de las visitas inspectoras realizadas y en el que se concluye que, al operar sobre la misma frecuencia 97,7 MHz, se producen interferencias insubsanables entre ambas radioemisoras.

  10. Que, es factible el cambio de frecuencia a objeto de solucionar el problema de interferencia a la concesionaria de la estación radioemisora, señal distintiva XQB-386, para la localidad de Casablanca, Región de Valparaíso, a 97,9 MHz;

  11. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31º del Reglamento de Radiodifusión Sonora, en...

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