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Decreto núm. 86, publicado el 05 de Febrero de 2019. DETERMINA UMBRAL NACIONAL DE COSTO ANUAL AL QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 6° DE LA LEY Nº 20.850

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

DETERMINA UMBRAL NACIONAL DE COSTO ANUAL AL QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 6° DE LA LEY Nº 20.850

Núm. 86.- Santiago, 23 de octubre de 2018.

Vistos:

El DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; la Ley N° 20.850; el decreto supremo N° 59, de 2015, de los Ministerios de Salud y de Hacienda, que aprueba el Reglamento que establece el procedimiento para fijar el umbral nacional de costo anual para determinar si un diagnóstico o un tratamiento son de alto costo; y en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, la Ley N° 20.850 crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo.

  2. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de dicho cuerpo legal, le corresponde a los Ministerios de Salud y Hacienda fijar el umbral nacional de costo anual para determinar si un diagnóstico o tratamiento son de alto costo.

  3. Que, a través del decreto supremo Nº 59, de 2015, de los Ministerios de Salud y Hacienda, se aprobó el reglamento que establece el procedimiento para fijar el umbral nacional de costo anual para determinar si un diagnóstico o un tratamiento son de alto costo.

  4. Que, a través del decreto N° 80, de 23 de octubre de 2015, del Ministerio de Salud, se determinó el umbral nacional de costo anual al que se refiere el artículo 6° de la ley N° 20.850.

  5. Que, dicho umbral debe ser fijado cada tres años, de acuerdo al inciso primero, del artículo 3, del reglamento citado en el considerando 3°.

  6. Que, en razón de lo anterior, conforme al procedimiento establecido en el referido reglamento, se ha procedido a la determinación del nuevo umbral nacional de costo anual, al que se refiere el artículo 6°, de la ley N° 20.850.

  7. Que, para estos efectos, se ha tenido a la vista el Informe emitido por el Jefe de la División de Planificación Sanitaria, de fecha 20 de abril de 2018, que, a través de Memorándum B/N° 108, de 2018, la Subsecretaria de Salud Pública (S) remitió al Sr. Ministro de Salud.

  8. Que, por medio de Oficio A15 N° 2690, de 2018, el Sr. Ministro de Salud, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5°, del citado reglamento, remitió para su consideración al Ministro de Hacienda el informe de la División de Planificación Sanitaria, el memorándum señalado en el considerando anterior y la propuesta de decreto de determinación de umbral nacional de costo anual.

  9. Que, posteriormente se incorporaron las observaciones planteadas por la Dirección de Presupuestos mediante correo electrónico del 21 de agosto de 2018, las cuales se refieren a la actualización de los datos utilizados para el cálculo del referido umbral, de acuerdo al considerando siguiente.

  10. Que, para determinar el umbral nacional de costo anual, que establece el presente decreto, de acuerdo a lo...

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