Decreto núm. 812 EXENTO, publicado el 07 de Noviembre de 2018. REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL DE LAS CARRERAS QUE SE INDICAN DE LA UNIVERSIDAD DEL PACÍFICO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL DE LAS CARRERAS QUE SE INDICAN DE LA UNIVERSIDAD DEL PACÍFICO
Núm. 812 exento.- Santiago, 29 de octubre de 2018.
Considerando:
Que, la Universidad del Pacífico fue autorizada a funcionar mediante Certificado Nº 6/209, de 6 de marzo de 1990, de la Subsecretaría de Educación e inscrita en el Libro C Nº 51 de las Universidades Privadas;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 110 del DFL Nº 2, de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005, se considera de pleno derecho reconocida oficialmente;
Que, la Universidad del Pacífico, obtuvo su plena autonomía mediante resolución exenta Nº 13.543, de 13 de noviembre de 2002, de Educación, y se encontraba acreditada por la Comisión Nacional de Acreditación, desde el 23 de noviembre de 2012 hasta el 23 de noviembre de 2016, por cuatro años;
Que, la Universidad en uso de su autonomía informó al Ministerio de Educación en el año 2007, la oferta de la carrera de Pedagogía en Educación Física, y en el año 2008, la oferta de la carrera de Pedagogía en Educación Media en Historia y Ciencias Sociales;
Que, según lo dispuesto en la ley 20.903, y en el artículo 27 bis de la ley 20.129, sólo las universidades acreditadas podrán impartir carreras y programas de estudio conducentes a títulos profesionales de Profesor de Educación Básica, Profesor de Educación Media, Profesor de Educación Técnico Profesional, Profesor de Educación Diferencial y Educador de Párvulos, siempre que dichas carreras y programas hayan obtenido acreditación (artículo 2º Nº 2, que agrega el artículo 27 bis a la ley 20.129);
Que, a través del oficio Nº 364/2017, de 17 de julio de 2017, el Consejo Nacional de Educación comunicó que la Comisión Nacional de Acreditación informó las carreras respecto de las cuales habría vencido su período de acreditación con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley 20.903, y que no se sometieron a un nuevo proceso de acreditación;
Que, en virtud de ello, el Consejo Nacional de Educación ofició a las instituciones que imparten tales carreras solicitando informar a dicho organismo, hasta el 17 de julio de 2017, si las someterán al proceso de supervisión, o bien, solicitarán al Ministerio de Educación la revocación del reconocimiento oficial de...
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