Decreto núm. 8, publicado el 16 de Marzo de 2016. OTORGA A EMPRESA ELÉCTRICA CHUPALLAR SpA CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER LA 'SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CHUPALLAR 6,6 KV / 110 KV' EN LA COMUNA DE LINARES, PROVINCIA DE LINARES, REGIÓN DEL MAULE - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 631480182

Decreto núm. 8, publicado el 16 de Marzo de 2016. OTORGA A EMPRESA ELÉCTRICA CHUPALLAR SpA CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER LA 'SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CHUPALLAR 6,6 KV / 110 KV' EN LA COMUNA DE LINARES, PROVINCIA DE LINARES, REGIÓN DEL MAULE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA A EMPRESA ELÉCTRICA CHUPALLAR SpA CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER LA "SUBESTACIÓN ELÉCTRICA CHUPALLAR 6,6 KV / 110 KV" EN LA COMUNA DE LINARES, PROVINCIA DE LINARES, REGIÓN DEL MAULE

Núm. 8.- Santiago, 25 de enero de 2016.

Visto:

Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 17515, ACC 1257223, DOC 10519201, de fecha 29 de diciembre de 2015; lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente "Ley General de Servicios Eléctricos"; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 17515, ACC 1257223, DOC 10519201, de fecha 29 de diciembre de 2015, el que pasa a formar parte del presente acto administrativo, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19º y 41º de la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  2. Que es necesario señalar que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles consignó en su oficio citado en el considerando anterior, que el Ministerio de Bienes Nacionales informó mediante el oficio Ord. GABM. Nº 351, de 12 de mayo de 2015, que consta en el expediente, que el predio que se verá afectado por el proyecto, se encuentra destinado a la Seremi de Obras Públicas, Dirección de Obras Hidráulicas, Región del Maule, mediante la resolución exenta Nº 558 de fecha 8 de abril de 2015, de la Seremi de Bienes Nacionales, Región del Maule, para la construcción del proyecto "Mejoramiento de Sistema de Riego del Río Achibueno", que involucra la ejecución de obras para la habilitación del Embalse Ancoa. Así, la Subestación afectará el extremo oeste de la propiedad, zona de inundación del Embalse señalado.

  3. Que, sin perjuicio de lo señalado en el considerando anterior; la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, luego de dar traslado a la Empresa Eléctrica Chupallar SpA, se pronunció favorablemente sobre el otorgamiento de la concesión, señalando que:

    1. ...

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