Decreto núm. 78, publicado el 09 de Julio de 2019. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA COMERCIAL NEXTREME LIMITADA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA COMERCIAL NEXTREME LIMITADA
Santiago, 22 de marzo de 2019.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 78.
Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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La resolución exenta N° 746, de 2004, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 2.400 - 2.483,5 MHz, y sus modificaciones posteriores.
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La resolución exenta N° 1.558, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la norma técnica para el uso de las bandas de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz, y sus modificaciones posteriores.
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La resolución exenta N° 517, de 2001, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 69.956, de 18.05.2018, complementado mediante ingreso Subtel N° 128.864, de 30.08.2018.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos a la empresa Comercial Nextreme Limitada, RUT Nº 76.182.199-7, con domicilio en Camino Águila Norte, Parcela 18, comuna de Paine, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
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Autorízase a la concesionaria para:
1.1 Instalar, operar y explotar radioenlaces punto a multipunto, según se indica a continuación:
1.2 Instalar, operar y explotar estaciones punto a punto, cuyas características se indican a continuación:
1.3 Las ubicaciones de todas las estaciones se indican a continuación:
Para la Región Metropolitana de Santiago.
Los medios de transmisión y/o conmutación serán propios o de terceros debidamente autorizados.
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La zona de servicio comprenderá a la comuna de Paine, Región Metropolitana de Santiago.
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Los plazos serán los que se indican a continuación:
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El periodo de vigencia de la presente concesión será...
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