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Decreto núm. 779 EXENTO, publicado el 01 de Diciembre de 2017. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Santiago, 19 de octubre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 779 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta N° 354, de 1988, modificada por resolución exenta N° 643, de 1997, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que Fija Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Celular que opera en la Banda de 800 MHz.

  6. El decreto supremo N° 278, de 1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 71.200, de 01.06.2016.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Celular, otorgada a la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº 96.799.250-K, con domicilio en Avenida El Salto Nº 5.450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una (1) estación base, cuyas características técnicas se indican a continuación:

      La estación base se conectará a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos máximos se indican a continuación.

    3. Apruébase el proyecto técnico presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones...

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