Decreto núm. 77, publicado el 04 de Octubre de 2019. OTORGA A EMPRESA ELÉCTRICA DE LA FRONTERA S.A., CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, PROVINCIA DE MALLECO, COMUNA DE LONQUIMAY - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 816572681

Decreto núm. 77, publicado el 04 de Octubre de 2019. OTORGA A EMPRESA ELÉCTRICA DE LA FRONTERA S.A., CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, PROVINCIA DE MALLECO, COMUNA DE LONQUIMAY

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA A EMPRESA ELÉCTRICA DE LA FRONTERA S.A., CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, PROVINCIA DE MALLECO, COMUNA DE LONQUIMAY

Núm. 77.- Santiago, 19 de agosto de 2019.

Visto:

Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 13567 / ACC 2305273/ DOC 1999042, de 1 de julio de 2019; lo dispuesto en los artículos 11º y 29º del DFL Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, en adelante, Ley General de Servicios Eléctricos, y sus modificaciones posteriores; en las leyes Nº 18.410 y Nº 20.402; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 13567/ ACC 2305273/ DOC 1999042, de 1 de julio de 2019, el cual pasa a formar parte del presente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la ley Nº 19.880.

Decreto:

Artículo 1º

Otórgase a Empresa Eléctrica de La Frontera S.A., en adelante "Frontel", concesión definitiva para establecer, operar y explotar en la Región de la Araucanía, provincia de Malleco, comuna de Lonquimay, las instalaciones de servicio público de distribución de energía eléctrica, constitutivas del proyecto que se detalla a continuación:

Artículo 2º

Las instalaciones tienen como objetivo suministrar servicio público de distribución de energía eléctrica a familias campesinas de escasos recursos que habitan en los sectores rurales ubicados dentro de las zonas de concesión que se solicitan, así como a aquellos usuarios que, ubicados fuera de dicha zona, se conecten a las instalaciones de la empresa mediante líneas propias o de terceros.

Artículo 3º

El presupuesto de los costos de las obras asciende a la suma de $10.733.000 (diez millones setecientos treinta y tres mil pesos).

Artículo 4º

Copias del plano general de obras, de la memoria explicativa y de los demás antecedentes técnicos que pasan a formar parte del presente decreto quedarán archivados en la Superintendencia de...

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