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Decreto núm. 752 EXENTO, publicado el 22 de Septiembre de 2020. APRUEBA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR DE TOCOPILLA ZONA URBANA INDUSTRIAL NO CONSOLIDADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE TOCOPILLA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR DE TOCOPILLA ZONA URBANA INDUSTRIAL NO CONSOLIDADA

Núm. 752 exento.- Tocopilla, 18 de agosto de 2020.

Vistos y teniendo presente:

1) Decreto exento Nº 1.553 de fecha 25 octubre 2017 que aprueba Resolución de Término de Evaluación Ambiental Estratégica de la Modificación del Plan Regulador Comunal Zona Urbana Industrial No Consolidada comuna de Tocopilla.

2) Decreto exento Nº 552 de fecha 11 de mayo 2020 aprueba Modificación del Plan Regulador Comunal de la comuna de Tocopilla.

3) Ordinario 838 de fecha 17 julio 2020 de la Seremi Minvu, Región de Antofagasta, que da indicaciones sobre proceso de aprobación de la Modificación del Plan Regulador de Tocopilla.

4) Lo dispuesto en los artículos 12 y 56 del DFL Nº 1 de fecha 09-05-2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

5) El decreto Alcaldía Nº 1.883/2016 de fecha 6 de diciembre de 2016 que asume oficialmente don Luis Rafael Moyano Cruz como Alcalde de la comuna de Tocopilla.

Decreto:

1) Apruébese la modificación del Plan Regulador de Tocopilla Zona Urbana Industrial No Consolidada, contenida en la siguiente Modificación de la Ordenanza Local:

Artículo 1

Modifícase el Plan Regulador Comunal de Tocopilla en el área comprendida en el polígono definido por los vértices M1, M2, M3, M4, M5, M6, M7, M8, M9, M9, M10, M11, M12, M13, M14, M15, M16, M17, M18, M19, M20, M21, y M22 graficado en el Plano código PRCT-MOD2015 en el sentido de modificar las zonas y sus normas urbanísticas y los trazados de las circulaciones.

Artículo 2

Reemplácese al interior del polígono señalado las zonas y los trazados de las.

circulaciones según el contenido del Plano código PRCT-MOD2015 Escala 1:5.000.

Artículo 3

En el artículo 22 literal a) Áreas Consolidadas del Capítulo IV de la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Tocopilla agréguese la zona AV1 y la zona T8 a las Zonas de Equipamiento y la zona I3 a las Zonas Industriales.

Artículo 4

Agréguese al final del artículo 22 literal c) Áreas Especiales del Capítulo IV de la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Tocopilla el siguiente texto:

. Áreas de Riesgo

AR1. Área inundable o potencialmente inundables por proximidad a ríos y quebradas

AR2. Área propensa a avalanchas, rodados, aluviones o erosiones...

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