Decreto núm. 74, publicado el 02 de Marzo de 2018. MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N° 170, DE 1985, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 704473317

Decreto núm. 74, publicado el 02 de Marzo de 2018. MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N° 170, DE 1985, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N° 170, DE 1985, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES

Núm. 74.- Santiago, 1 de agosto de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32° y 35° de la Constitución Política de la República; la ley N° 18.059; el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que contiene el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.290, de Tránsito; los decretos supremos Nos 170, de 1985, y 105, de 2013, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; Oficio Ordinario B2/N° 3441, de 19 de octubre de 2016, del Ministerio de Salud; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable, y

Considerando:

  1. Que, el decreto supremo N° 170, de 1985, citado en el visto, establece, entre otros, los estándares para la evaluación teórica, médica y práctica de los postulantes a licencia de conductor, y las enfermedades o alteraciones físicas o psíquicas que inhabilitan para conducir vehículos.

  2. Que, dados los avances de la medicina, algunas de las enfermedades o condiciones de salud establecidas no necesariamente constituyen un factor de riesgo para los conductores que las presentan.

  3. Que, en este mismo sentido y considerando que la medicina es un área del conocimiento de carácter dinámico, resulta necesario introducir algunas adecuaciones a los grupos de enfermedades establecidas y disponer la posibilidad de que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en conjunto con el Ministerio de Salud, emitan instructivos técnicos para el apoyo a la gestión del médico del Gabinete Técnico Municipal y para el adecuado proceso de examinación de los postulantes a licencias.

  4. Que, mediante oficio ordinario B2/N° 3441, de 2016, el Ministerio de Salud ha remitido un informe técnico en el que se estudian experiencias comparadas en materia de evaluación de enfermedades que pueden incidir en una conducción segura, a partir del cual se realizan recomendaciones de modificaciones que se abordan en el presente decreto.

Decreto:

Artículo único

Modifícase el decreto supremo N° 170, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece el Reglamento para el Otorgamiento de Licencias de Conductor, como sigue:

  1. Modificase el título I.-, "Para todo tipo de licencias", del artículo 3°, en lo...

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